Según la Instrucción de operatoria contable, una vez comprometido un gasto que se financiará en parte con presupuestos de ejercicios futuros, ¿qué documentos formula el Servicio gestor?
- Un solo documento D, por el importe total, con cargo al presupuesto en curso
- Un documento D de ejercicio corriente y otro de ejercicios posteriores, por anualidades
- Un documento D de ejercicio corriente; lo futuro se compromete al abrirse cada ejercicio
- Un documento AD de ejercicios posteriores, por el importe total del compromiso
La regla 22.2 separa los dos tramos: un documento D de ejercicio corriente por lo que toca al presupuesto en curso y, en su caso, un documento D de ejercicios posteriores que detalla la distribución por anualidades de lo que se financiará con presupuestos futuros. No se carga todo al ejercicio corriente ni se espera a cada nuevo ejercicio para comprometer. El AD es el documento mixto para cuando autorización y compromiso se acuerdan en un solo acto, que no es el caso.
Una vez comprometido el gasto, el Servicio gestor formulará un documento D, de compromiso de gastos de ejercicio corriente, por el importe correspondiente al Presupuesto en curso y, en su caso, un documento D de compromiso de gastos de ejercicios posteriores en el que detallará la distribución por anualidades de los compromisos que habrán de ser financiados con presupuestos de futuros ejercicios.