Según el Real Decreto-ley 6/2023, ¿con qué órgano se coordinará el Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica en el ejercicio de sus funciones, en aras de la eficiencia de los servicios públicos?
- Con la Agencia Española de Protección de Datos
- Con el Consejo Consultivo para la Transformación Digital
- Con la Conferencia Sectorial de Justicia
- Con las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores
El art. 86.1 coordina el Comité técnico estatal con la Conferencia Sectorial de Justicia, el órgano de cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas en esta materia, y manda arbitrar los mecanismos de colaboración que correspondan. El mismo artículo añade la colaboración con la Administración General del Estado (86.2) y la coordinación con la Comisión Nacional de Estadística Judicial (86.3). El Consejo Consultivo es otra pieza del mismo capítulo, pero su papel es dar entrada a los profesionales y al sector privado (art. 87), y ni la Agencia Española de Protección de Datos ni las Salas de Gobierno aparecen en el art. 86.
El Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica y la Conferencia Sectorial de Justicia se coordinarán en el ejercicio de sus funciones, en aras de la eficiencia de los servicios públicos