Según la Ley 19/2013, ¿dónde y en qué formato se publica la información sujeta a publicidad activa?
- En sedes electrónicas o páginas web, preferiblemente en formatos reutilizables
- En el boletín oficial que corresponda, preferiblemente en formatos reutilizables
- En sedes electrónicas o páginas web, en formatos que impidan modificarla
- En el boletín oficial que corresponda, en formatos que impidan modificarla
La publicidad activa vive en las sedes electrónicas o páginas web de cada sujeto, no en el diario oficial, y ha de ser clara, estructurada y entendible. En cuanto al formato, la ley busca lo contrario de bloquear la información: prefiere los formatos reutilizables y pide mecanismos que faciliten su accesibilidad, su interoperabilidad, su calidad y su reutilización.
La información sujeta a las obligaciones de transparencia será publicada en las correspondientes sedes electrónicas o páginas web y de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables.