Las bases reguladoras de una subvención no fijan un plazo concreto para realizar los gastos subvencionables. Según la Ley 38/2003, ¿cuándo deben realizarse?
- Dentro de los doce meses siguientes a la concesión
- Antes de que se le pague la subvención concedida
- Antes de que finalice el año natural en que se concedió
- Dentro de los seis meses siguientes al primer pago
El art. 31.1 exige que el gasto subvencionable se realice en el plazo que fijen las bases y, si no fijan ninguno, antes de que finalice el año natural en que se haya concedido la subvención. El cómputo es por año natural y lo marca la concesión, no un plazo de doce o seis meses ni el momento en que se paga la subvención.
Cuando no se haya establecido un plazo concreto, los gastos deberán realizarse antes de que finalice el año natural en que se haya concedido la subvención.