En los casos en que la ley lo autorice expresamente, ¿qué actos pueden ejecutarse por compulsión directa sobre las personas, según el artículo 104.1?
- Los que impongan una obligación personalísima de hacer
- Los que obliguen a pagar una cantidad líquida
- Los que impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar
- Los que pueda realizar un sujeto distinto del obligado
La compulsión directa es para las obligaciones personalísimas de no hacer o soportar, siempre con respeto a la dignidad de la persona y a sus derechos constitucionales. Las personalísimas de hacer, que son la trampa, no están en el 104.1; la cantidad líquida va por apremio (101.1) y lo que puede hacer otro, por ejecución subsidiaria (102.1).
Los actos administrativos que impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar podrán ser ejecutados por compulsión directa sobre las personas en los casos en que la ley expresamente lo autorice, y dentro siempre del respeto debido a su dignidad y a los derechos reconocidos en la Constitución.