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El funcionamiento electrónico del sector público

18 preguntas · en 2 colecciones

El capítulo V del título preliminar de la Ley 40/2015: la sede electrónica y el portal de internet, cómo se identifica y firma la Administración, la actuación administrativa automatizada, la firma electrónica de su personal, el intercambio de datos en entornos cerrados, el archivo electrónico de documentos y dónde se ubican los sistemas de información.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 18 preguntas que contiene en total.

¿Qué caracteriza a la actuación administrativa automatizada?

  • Que en ella no ha intervenido de forma directa ningún empleado público
  • Que la realiza un empleado público con ayuda de medios electrónicos
  • Que no puede dictar las resoluciones que ponen fin al procedimiento
  • Que solo cabe en procedimientos iniciados a solicitud del interesado

El artículo 41.1 la define por dos rasgos: se realiza íntegramente por medios electrónicos y en ella no interviene de forma directa un empleado público. Usar medios electrónicos con un empleado detrás es justo lo que la definición deja fuera. Y la ley no la limita a los trámites ni a los procedimientos iniciados a solicitud del interesado: habla de «cualquier acto o actuación» en el marco de un procedimiento administrativo, también el que lo resuelve.

Se entiende por actuación administrativa automatizada, cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

Antes de que una Administración actúe mediante actuación administrativa automatizada, ¿qué órgano tiene que haberse indicado, entre otros?

  • El que responde de los daños que cause el funcionamiento del sistema
  • El que custodia el certificado del sello electrónico del sistema
  • El que debe considerarse responsable a efectos de impugnación
  • El que notifica a cada interesado que su acto es automatizado

El artículo 41.2 obliga a fijar de antemano los órganos competentes para definir, programar, mantener, supervisar y controlar la calidad del sistema y, en su caso, auditarlo con su código fuente, y además a indicar el órgano responsable a efectos de impugnación: si ningún empleado interviene directamente, tiene que constar contra quién se recurre. La ley no pide designar un órgano que responda de los daños del sistema ni uno que custodie el certificado de su sello, y tampoco exige avisar al interesado de que su acto es automatizado.

En caso de actuación administrativa automatizada deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

Dos Administraciones distintas van a intercambiar documentos electrónicos en un entorno cerrado de comunicaciones. ¿Cómo se fijan las condiciones y garantías de ese intercambio?

  • Las determina por sí sola la Administración que emite los datos
  • Mediante un convenio que suscriben entre sí esas Administraciones
  • Mediante un acuerdo de la Conferencia Sectorial que corresponda
  • Las fija la Administración General del Estado para todas ellas

El artículo 44 distingue dos casos. Si quienes se comunican pertenecen a una misma Administración, ella sola fija las condiciones y garantías (44.2); si pertenecen a Administraciones distintas, se establecen mediante convenio entre ellas (44.3). Que las decida una sola de las partes es la regla del caso interno, trasladada al que no le toca; y la ley no remite a una Conferencia Sectorial ni a la Administración General del Estado.

Cuando los participantes pertenezcan a distintas Administraciones, las condiciones y garantías citadas en el apartado anterior se establecerán mediante convenio suscrito entre aquellas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

El artículo 46 bis somete a una regla especial de ubicación los sistemas de información que gestionan ciertos datos. ¿Cuál de estos datos NO está entre ellos?

  • Los de otros registros de población, además del padrón
  • Los de afiliación de los trabajadores a la Seguridad Social
  • Los fiscales relacionados con tributos propios o cedidos
  • Los de los usuarios del Sistema Nacional de Salud

La lista del artículo 46 bis es cerrada: el censo electoral, los padrones municipales y otros registros de población, los datos fiscales relacionados con tributos propios o cedidos y los de los usuarios del sistema nacional de salud. Los de afiliación a la Seguridad Social tientan por su parecido con los sanitarios, pero no figuran en ella.

Los sistemas de información y comunicaciones para la recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión del censo electoral, los padrones municipales de habitantes y otros registros de población, datos fiscales relacionados con tributos propios o cedidos y datos de los usuarios del sistema nacional de salud, así como los correspondientes tratamientos de datos personales, deberán ubicarse y prestarse dentro del territorio de la Unión Europea.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

Un documento electrónico contiene un acto administrativo que afecta a derechos de un particular. Según el artículo 46.2, ¿qué debe asegurarse en todo caso?

  • Que se conserve también una copia en papel firmada
  • Que se mantenga en el formato en que se originó, sin convertirlo
  • Que se inscriba en el registro electrónico del órgano
  • Que sus datos puedan trasladarse a otros formatos y soportes

El artículo 46.2 pide conservar estos documentos en soporte electrónico, en el formato de origen o en cualquier otro que asegure la identidad e integridad de la información necesaria para reproducirlo, y añade una garantía que se da en todo caso: que los datos se puedan trasladar a otros formatos y soportes que permitan acceder desde diferentes aplicaciones. Por eso no obliga a mantener el formato de origen sin convertirlo. Tampoco exige una copia en papel, ni inscribir el documento en un registro, que es una figura de la Ley 39/2015.

Los documentos electrónicos que contengan actos administrativos que afecten a derechos o intereses de los particulares deberán conservarse en soportes de esta naturaleza, ya sea en el mismo formato a partir del que se originó el documento o en otro cualquiera que asegure la identidad e integridad de la información necesaria para reproducirlo. Se asegurará en todo caso la posibilidad de trasladar los datos a otros formatos y soportes que garanticen el acceso desde diferentes aplicaciones.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

¿Qué utilizan las sedes electrónicas para identificarse y garantizar una comunicación segura con ellas?

  • Un certificado cualificado de autenticación de sitio web
  • Un sello de tiempo expedido por su Administración titular
  • Un número de registro que asigna el Punto de Acceso General
  • El sello electrónico del órgano titular de la sede

El artículo 38.6 lo resuelve con una pieza concreta: certificados reconocidos o cualificados de autenticación de sitio web, o un medio equivalente. El sello electrónico es otra cosa: es lo que el artículo 40.1 ofrece a las Administraciones para identificarse ellas, no lo que identifica a una sede ni asegura la comunicación con ella. Y ni un sello de tiempo ni un número de registro cumplen esa función según la ley.

Las sedes electrónicas utilizarán, para identificarse y garantizar una comunicación segura con las mismas, certificados reconocidos o cualificados de autenticación de sitio web o medio equivalente.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

En la actuación administrativa automatizada, ¿qué permite comprobar en todo caso el código seguro de verificación?

  • La identidad del empleado que lo firmó, accediendo al portal de internet
  • La integridad del documento, accediendo al portal de internet
  • La identidad del empleado que lo firmó, accediendo a la sede electrónica
  • La integridad del documento, accediendo a la sede electrónica

El artículo 42 recoge el código seguro de verificación entre los sistemas de firma de la actuación administrativa automatizada, vinculado a la Administración, órgano u organismo, y le asigna una garantía que se da en todo caso: comprobar la integridad del documento accediendo a la sede electrónica correspondiente. No identifica a un empleado firmante, porque en esa actuación no interviene ninguno de forma directa; y la comprobación se hace en la sede, no en el portal de internet, que es el punto de acceso a la información publicada (art. 39).

Código seguro de verificación vinculado a la Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de Derecho Público, en los términos y condiciones establecidos, permitiéndose en todo caso la comprobación de la integridad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

Según la Ley 40/2015, ¿dónde deben ubicarse y prestarse los sistemas de información que gestionan el censo electoral o los padrones municipales?

  • En territorio español, sin excepción alguna
  • En cualquier punto del Espacio Económico Europeo
  • Dentro del territorio de la Unión Europea
  • En cualquier Estado, si los datos viajan cifrados

El artículo 46 bis exige que esos sistemas, y los tratamientos de datos personales que hacen, se ubiquen y presten dentro del territorio de la Unión Europea. No lo restringe al territorio español ni lo extiende al Espacio Económico Europeo, y cifrar los datos no suple esa exigencia. La decisión de adecuación de la Comisión Europea aparece en el segundo párrafo del mismo artículo, pero para otra cosa: es una de las dos excepciones a la prohibición de transferir esos datos a un tercer país.

Los sistemas de información y comunicaciones para la recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión del censo electoral, los padrones municipales de habitantes y otros registros de población, datos fiscales relacionados con tributos propios o cedidos y datos de los usuarios del sistema nacional de salud, así como los correspondientes tratamientos de datos personales, deberán ubicarse y prestarse dentro del territorio de la Unión Europea.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

Según el artículo 40.1 de la Ley 40/2015, ¿están obligadas las Administraciones Públicas a identificarse mediante un sello electrónico?

  • Sí, en todas las actuaciones que realicen por medios electrónicos
  • No: solo pueden usarlo sus órganos, no la Administración como tal
  • No: la ley les permite identificarse de ese modo, pero no lo impone
  • Sí, cuando se relacionen electrónicamente con otras Administraciones

El verbo es «podrán»: el artículo 40.1 abre a las Administraciones la posibilidad de identificarse con un sello electrónico basado en un certificado reconocido o cualificado, sin convertirlo en obligación para ninguna actuación. Y no lo reserva a sus órganos: la habilitación es para las Administraciones Públicas, aunque el mismo artículo prevé también sellos de órganos administrativos.

Las Administraciones Públicas podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.
Ley 40/2015, de 1 de octubre

En la actuación administrativa automatizada, ¿quién determina los supuestos en que se utiliza cada sistema de firma electrónica?

  • El Gobierno, con carácter básico para todas las Administraciones
  • Cada Administración Pública, respecto de su propia actuación
  • El prestador que expide el certificado del sello electrónico
  • Cada interesado, al elegir cómo relacionarse con la Administración

El artículo 42 deja la decisión a cada Administración Pública, que puede determinar en su actuación automatizada cuándo usa el sello electrónico y cuándo el código seguro de verificación. No hay una regla común fijada por el Gobierno, el prestador que expide el certificado no decide cómo se usa, y la elección del interesado sobre cómo relacionarse con la Administración es otra cosa, de la Ley 39/2015 (art. 14).

En el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada, cada Administración Pública podrá determinar los supuestos de utilización de los siguientes sistemas de firma electrónica:
Ley 40/2015, de 1 de octubre