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El contenido, la elaboración y la estructura de los Presupuestos Generales del Estado

31 preguntas · en 1 colección

El capítulo III del título II de la Ley 47/2003: qué son los Presupuestos Generales del Estado, qué contienen y cuál es su ámbito temporal, los créditos y los programas, cómo se elaboran y se remiten a las Cortes Generales, su prórroga y la estructura de sus estados de gastos y de ingresos.

Colecciones que lo incluyen

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 31 preguntas que contiene en total.

Según el art. 36.1 de la Ley 47/2003, ¿cómo se fija cada año el límite de gasto no financiero que debe respetar el presupuesto del Estado?

  • Como prevé la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria
  • Por la orden del Ministro de Hacienda que regula el procedimiento de elaboración
  • Por la Intervención General, a partir de la liquidación del ejercicio anterior
  • Por las Cortes Generales, en la ley de presupuestos del año anterior

La Ley 47/2003 no regula por sí misma el límite de gasto no financiero, el llamado techo de gasto: el artículo 36.1 remite a la extensión y la forma del artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. La orden del Ministro de Hacienda es la que regula el procedimiento de elaboración del presupuesto, una cosa distinta. Y el límite se fija para el presupuesto que se va a elaborar, no lo deja fijado la ley de presupuestos del año anterior.

La fijación anual del límite de gasto no financiero que debe respetar el presupuesto del Estado se efectuará con la extensión y de la forma prevista en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Ley 47/2003, de 26 de noviembre

¿Cuál de estos documentos NO figura en la lista de documentación complementaria que, según el art. 37.2 de la Ley 47/2003, acompaña al proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado?

  • La liquidación del año anterior y un avance de la del corriente
  • Las cuentas y balances de la Seguridad Social del año anterior
  • Un informe económico y financiero que explica cada presupuesto
  • El informe del Tribunal de Cuentas sobre la Cuenta General

La lista del artículo 37.2 es cerrada, con once letras, y el informe del Tribunal de Cuentas no está en ella: la Cuenta General del Estado y su examen siguen otro camino, el de la rendición de cuentas. Las otras tres sí figuran: la liquidación del año anterior con un avance de la del corriente, las cuentas y balances de la Seguridad Social del año anterior y el informe económico y financiero, que explica el contenido de cada presupuesto y sus principales cambios. La que más engaña es la liquidación, porque parece que mire hacia atrás, pero acompaña al proyecto para que las Cortes comparen.

Al proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado se acompañará la siguiente documentación complementaria: a) Las memorias descriptivas de los programas de gasto y sus objetivos anuales. b) El informe de impacto de género. c) El informe del impacto en la infancia, en la adolescencia y en la familia. d) El informe de alineamiento de los Presupuestos Generales del Estado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030. e) Un anexo con el desarrollo económico de los créditos, por centros gestores de gasto. f) Un anexo, de carácter plurianual de los proyectos de inversión pública, que incluirá su clasificación territorial. g) La liquidación de los presupuestos del año anterior y un avance de la liquidación del ejercicio corriente. h) Las cuentas y balances de la Seguridad Social del año anterior. i) Los estados consolidados de los presupuestos. j) Un informe económico y financiero, que incluirá una explicación de los contenidos de cada presupuesto, con especificación de las principales modificaciones que presenten en relación con los vigentes. k) Una memoria de los beneficios fiscales.
Ley 47/2003, de 26 de noviembre

Según la Ley 47/2003, ¿dónde se clasifican, en el estado de ingresos, los procedentes de la enajenación de inversiones reales?

  • Entre los ingresos de capital
  • Entre los ingresos patrimoniales
  • Entre los activos financieros
  • Entre los otros ingresos corrientes

El artículo 41.b) distingue en los ingresos de capital dos piezas: la enajenación de inversiones reales y las transferencias de capital. Los ingresos patrimoniales son corrientes (rentas del patrimonio, no su venta), y es la confusión más tentadora. Los activos financieros forman las operaciones financieras.

En los ingresos de capital se distinguirán: enajenación de inversiones reales y transferencias de capital.
Ley 47/2003, de 26 de noviembre

Según la Ley 47/2003, ¿qué carácter tienen, dentro de los Presupuestos Generales del Estado, los presupuestos de las sociedades mercantiles estatales y de las fundaciones del sector público estatal?

  • Son presupuestos estimativos
  • Son presupuestos limitativos
  • Son limitativos en sus gastos
  • Quedan fuera de esos presupuestos

El artículo 33.1 reparte los Presupuestos Generales en dos grupos: los presupuestos limitativos de la letra a) y los «presupuestos estimativos» de la letra b), donde están las entidades de los sectores empresarial y fundacional, a las que pertenecen las sociedades mercantiles y las fundaciones estatales. Forman parte de los Presupuestos Generales, así que falla la opción que los deja fuera. El carácter limitativo, en todo o en sus gastos, es el de la letra a), no el de estas entidades.

b) Los presupuestos estimativos de las entidades de los sectores empresarial y fundacional
Ley 47/2003, de 26 de noviembre

Según el art. 36.5 de la Ley 47/2003, ¿a quién corresponde elevar al acuerdo del Gobierno el anteproyecto de la Ley de Presupuestos Generales del Estado?

  • Al Presidente del Gobierno
  • Al Ministro de Hacienda
  • Al Ministro de la Presidencia
  • Al ministro de cada sección

El artículo 36.5 lo atribuye al Ministro de Hacienda, que es quien dirige todo el procedimiento de elaboración: fija las directrices, recibe las propuestas de los departamentos y forma el anteproyecto. Cada ministro remite a Hacienda la propuesta de su sección, pero no la eleva al Gobierno por separado: al Consejo de Ministros llega un solo anteproyecto. El Ministro de la Presidencia no interviene aquí, y el Presidente no eleva el anteproyecto: lo recibe en el Consejo de Ministros, con los demás miembros del Gobierno.

Corresponderá al Ministro de Hacienda elevar al acuerdo del Gobierno el anteproyecto de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Ley 47/2003, de 26 de noviembre

Además del informe de impacto de género, el art. 37.2 de la Ley 47/2003 manda acompañar al proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado otro informe de impacto. ¿Sobre qué?

  • Sobre la infancia, la adolescencia y la familia
  • Sobre la cohesión territorial y el reto demográfico
  • Sobre la competencia y la unidad de mercado
  • Sobre el empleo y la sostenibilidad de las pensiones

La letra c) del artículo 37.2 exige el informe del impacto en la infancia, en la adolescencia y en la familia, junto al de impacto de género de la letra b). Las otras tres son materias en las que se mide el impacto de otras normas o políticas, pero ninguna figura en la lista cerrada que acompaña al proyecto de presupuestos.

c) El informe del impacto en la infancia, en la adolescencia y en la familia.
Ley 47/2003, de 26 de noviembre

Según el art. 34.2 de la Ley 47/2003, ¿a qué créditos se aplican las obligaciones que tienen su origen en resoluciones judiciales?

  • A los del ejercicio en que se dictó la resolución
  • A los del ejercicio en que nació la obligación de fondo
  • A los del presupuesto vigente al expedirse las órdenes de pago
  • A un crédito extraordinario aprobado para cada caso

El artículo 34.2 es una excepción a la regla general de imputación: las obligaciones que nacen de resoluciones judiciales, igual que los atrasos del personal, se aplican a los créditos del presupuesto vigente «en el momento de la expedición de las órdenes de pago». No importa el año en que se dictó la sentencia ni el de la obligación discutida, que es lo que diría la regla general. Tampoco exige un crédito extraordinario para cada caso.

se aplicarán a los créditos del presupuesto vigente en el momento de la expedición de las órdenes de pago, las obligaciones que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal que perciba sus retribuciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado así como las que tengan su origen en resoluciones judiciales.
Ley 47/2003, de 26 de noviembre

Según la Ley 47/2003, ¿cuál de estas entidades integra en los Presupuestos Generales del Estado un presupuesto estimativo?

  • Un organismo autónomo de un ministerio
  • Una entidad gestora de la Seguridad Social
  • Un ministerio, para su propia sección
  • Un consorcio del sector público estatal

La letra b) del artículo 33.1 nombra a los consorcios entre las entidades que integran en los Presupuestos Generales un presupuesto estimativo, sin ponerles ninguna condición. Los ministerios, los organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social se rigen por el régimen de especificaciones y de modificaciones de la propia ley, y por eso sus presupuestos son limitativos y están en la letra a).

b) Los presupuestos estimativos de las entidades de los sectores empresarial y fundacional, los consorcios
Ley 47/2003, de 26 de noviembre

Según la Ley 47/2003, ¿qué son los créditos presupuestarios?

  • Las previsiones de ingresos que financian cada uno de los programas de gasto
  • Las asignaciones individualizadas de gasto a disposición de los centros gestores
  • Los límites plurianuales de gasto que el Ministro de Hacienda fija a cada departamento
  • Los saldos de tesorería de que dispone cada centro gestor al iniciarse el ejercicio

El artículo 35.1 define el crédito presupuestario desde el gasto: cada una de las asignaciones individualizadas de gasto que figuran en los presupuestos y se ponen a disposición de los centros gestores para cubrir las necesidades para las que se aprobaron. Un crédito no es una previsión de ingresos, que va en el estado de ingresos, ni dinero en caja, que es tesorería. Y los límites a varios años pertenecen a la programación plurianual, no al crédito del presupuesto anual.

Son créditos presupuestarios cada una de las asignaciones individualizadas de gasto, que figuran en los presupuestos de los órganos y entidades a que se refiere el artículo 33.1.ª) de esta ley, puestas a disposición de los centros gestores para la cobertura de las necesidades para las que hayan sido aprobados.
Ley 47/2003, de 26 de noviembre

La Ley 47/2003 define los Presupuestos Generales del Estado como una expresión cifrada, conjunta y sistemática. ¿De qué?

  • De los objetivos de estabilidad y de deuda pública fijados para los tres ejercicios siguientes
  • De los derechos y obligaciones ya liquidados por el sector público estatal en el ejercicio anterior
  • De los derechos y obligaciones a liquidar durante el ejercicio por las entidades del sector público estatal
  • De las previsiones de ingresos y gastos de todas las Administraciones Públicas para el ejercicio

El artículo 32 los define mirando hacia delante y dentro de un solo año: los derechos y obligaciones «a liquidar durante el ejercicio» por los órganos y entidades del sector público estatal. Lo ya liquidado en el ejercicio anterior es la liquidación, no el presupuesto, y por eso la opción del pasado falla aunque hable del mismo sector. El ámbito tampoco es el de todas las Administraciones: comunidades autónomas y entidades locales aprueban sus propios presupuestos. Y los objetivos de estabilidad y de deuda a varios años pertenecen a la programación plurianual, no a la definición del presupuesto anual.

Los Presupuestos Generales del Estado constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de los derechos y obligaciones a liquidar durante el ejercicio por cada uno de los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal.
Ley 47/2003, de 26 de noviembre