Una empresa obtiene de la comunidad autónoma la autorización que una ley sectorial exige para su actividad. Según la Ley 7/1985, ¿la exime eso de las licencias municipales?
- Sí, si la autorización la otorgó la Administración competente por razón de la materia
- No, salvo que la autorización proceda de la Administración General del Estado
- No: necesita además las licencias locales que correspondan
- Sí, salvo que una ordenanza municipal exija expresamente la licencia para esa actividad
El art. 84.3 dice que las licencias o autorizaciones de otras Administraciones públicas no eximen a sus titulares de obtener las de las entidades locales, sin distinguir qué Administración las dio: tampoco eximen las del Estado. Lo que añade es que se respete lo que dispongan las leyes sectoriales, no lo que diga una ordenanza, y que la autorización la dé la Administración competente por la materia no cambia la regla. Eso sí, si concurren las dos, la entidad local tiene que motivar que el interés que protege no está cubierto ya por la otra autorización (art. 84 bis.3).
Las licencias o autorizaciones otorgadas por otras Administraciones Públicas no eximen a sus titulares de obtener las correspondientes licencias de las Entidades locales, respetándose en todo caso lo dispuesto en las correspondientes leyes sectoriales.