En un contrato de servicios de limpieza, la nueva adjudicataria se ha subrogado en el personal de la empresa que prestaba antes el servicio, y comprueba que los costes laborales son superiores a los que se desprendían de la información que esa empresa facilitó al órgano de contratación. Según la LCSP, ¿qué puede hacer?
- Pedir al órgano de contratación el reequilibrio económico del contrato
- Reclamar la diferencia a la Administración, que le trasladó esa información
- Reclamar la diferencia al contratista anterior, que facilitó la información
- Pedir la revisión del precio del contrato para cubrir la diferencia
El artículo 130 obliga a la empresa que venía prestando el servicio a facilitar, a requerimiento del órgano de contratación, la información sobre el personal que hay que subrogar, y a la Administración a trasladarla al nuevo empresario. Si luego los costes laborales resultan superiores a lo que se desprendía de esa información, el apartado 5 da al nuevo contratista acción directa contra el antiguo, que es quien la facilitó: no responde la Administración que se limitó a trasladarla, y el desfase no se corrige en el precio del contrato, ni por reequilibrio ni por revisión de precios.
En el caso de que una vez producida la subrogación los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista tendrá acción directa contra el antiguo contratista.