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El procedimiento abierto y el abierto simplificado

28 preguntas · en 1 colección

La subsección 2.ª de la sección 2.ª del capítulo I del título I del libro segundo de la Ley 9/2017 (artículos 156 a 159): quién puede presentar proposición en el procedimiento abierto, los plazos para presentarlas y para publicar el anuncio de licitación, el examen de las proposiciones, la propuesta de adjudicación y la adjudicación, y el procedimiento abierto simplificado: cuándo se puede usar, cómo se tramita y su tramitación más breve en los contratos de menor valor.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 28 preguntas que contiene en total.

La mesa propone adjudicar un contrato a un licitador y el órgano de contratación decide no seguir su propuesta. ¿Qué exige la LCSP?

  • Que motive la decisión de apartarse de lo que propuso la mesa
  • Que indemnice al licitador propuesto por su derecho a ser adjudicatario
  • Que pida a la mesa una nueva propuesta antes de adjudicar
  • Nada: la propuesta no le vincula y puede apartarse sin explicarlo

El artículo 157.6 dice dos cosas a la vez: la propuesta no crea ningún derecho a favor del licitador propuesto, así que no hay nada que indemnizarle, y aun así el órgano de contratación que no la sigue tiene que motivar su decisión. Que la propuesta no le vincule no significa que pueda apartarse sin dar razones. No hace falta pedir otra propuesta a la mesa.

La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En el procedimiento abierto simplificado, la mesa requiere a la empresa con mejor puntuación que constituya la garantía definitiva. ¿De qué plazo dispone, desde el envío de la comunicación?

  • Cinco días hábiles
  • Siete días hábiles
  • Diez días hábiles
  • Quince días hábiles

El artículo 159.4.f.4.º da siete días hábiles desde el envío de la comunicación electrónica para constituir la garantía definitiva y aportar el compromiso de medios. El simplificado acorta el plazo del requerimiento que el artículo 150.2 da en el procedimiento abierto ordinario.

y todo ello en el plazo de siete días hábiles a contar desde el envío de la comunicación
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Se declara urgente el expediente de un contrato que se va a adjudicar por el procedimiento abierto simplificado. Según la LCSP, ¿qué pasa con los plazos del procedimiento?

  • Se reducen a la mitad, como en cualquier expediente urgente
  • Se reducen todos a la mitad, salvo el de proposiciones
  • No se reduce ninguno, aunque el expediente sea urgente
  • No se reducen, salvo el de presentación de proposiciones

En la tramitación urgente, el artículo 119.2.b reduce a la mitad los plazos de licitación, adjudicación y formalización, con algunas salvedades. El 159.5 excluye de esa reducción el procedimiento abierto simplificado: en él, declarar urgente el expediente no acorta los plazos. Tampoco se salva de la regla el plazo de presentación de proposiciones: no se reduce ninguno.

En los casos de declaración de urgencia del expediente de contratación en el que el procedimiento de adjudicación utilizado sea el procedimiento abierto simplificado regulado en el presente artículo, no se producirá la reducción de plazos a la que se refiere la letra b) del apartado 2 del artículo 119.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Para poder usar el procedimiento abierto simplificado, ¿qué peso pueden tener como máximo los criterios de adjudicación evaluables mediante juicio de valor?

  • El 25 % del total, o el 45 % si el objeto son prestaciones de carácter intelectual
  • El 45 % del total, o el 25 % si el objeto son prestaciones de carácter intelectual
  • El 25 % del total, también si el objeto son prestaciones de carácter intelectual
  • El 45 % del total, también si el objeto son prestaciones de carácter intelectual

El artículo 159.1.b admite el simplificado sin criterios de juicio de valor o con ellos hasta el 25 % del total, y sube el techo al 45 % cuando el contrato tiene por objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura. Lo intelectual admite más juicio de valor, no menos: invertir las dos cifras es el error tentador.

su ponderación no supere el veinticinco por ciento del total, salvo en el caso de que el contrato tenga por objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, en que su ponderación no podrá superar el cuarenta y cinco por ciento del total
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En un procedimiento abierto con un único criterio de adjudicación, ¿en qué caso el plazo máximo para adjudicar es de dos meses desde la apertura de las proposiciones?

  • Cuando ese criterio es el del menor coste del ciclo de vida
  • Cuando el contrato está sujeto a regulación armonizada
  • Cuando la oferta mejor clasificada parece anormalmente baja
  • Cuando la proposición se presenta en más de un sobre

El artículo 158.2 aplica los dos meses a la adjudicación con varios criterios y también a la que usa un único criterio si ese criterio es el menor coste del ciclo de vida, que exige un cálculo propio. Ser armonizado no cambia el plazo; la oferta anormalmente baja no cambia de plazo, sino que lo amplía por otra vía (158.3); y los varios sobres solo deciden desde qué apertura se cuenta.

Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, o utilizándose un único criterio sea este el del menor coste del ciclo de vida, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones
Ley 9/2017, de 8 de noviembre
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Un ayuntamiento adjudica por procedimiento abierto un contrato de obras sujeto a regulación armonizada. ¿Qué plazo general mínimo de presentación de proposiciones fija la LCSP?

  • Quince días
  • Veintiséis días
  • Treinta días
  • Treinta y cinco días

En el abierto armonizado, el plazo general es de treinta y cinco días para las obras, los suministros y los servicios (artículo 156.2). Treinta son los de las concesiones de obras y de servicios en ese mismo procedimiento. Quince días es el plazo al que puede reducirse por anuncio de información previa o por urgencia (156.3), no el general, y el de las obras no armonizadas es otro (156.6). Como la ley no dice «hábiles», son días naturales.

el plazo de presentación de proposiciones no será inferior a treinta y cinco días, para los contratos de obras, suministros y servicios, y a treinta días para las concesiones de obras y servicios
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Un ayuntamiento licita por el procedimiento abierto simplificado unas obras de 900.000 euros de valor estimado. ¿Qué plazo mínimo de presentación de proposiciones fija la LCSP?

  • Quince días
  • Veinte días
  • Veintiséis días
  • Treinta y cinco días

El artículo 159.3 da al simplificado un mínimo general de quince días desde el siguiente a la publicación del anuncio en el perfil de contratante, y de veinte en las obras. Veintiséis días es el mínimo de las obras en el abierto ordinario no armonizado, y treinta y cinco, el plazo general del abierto armonizado: el simplificado es más corto que los dos.

El plazo para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el perfil de contratante del anuncio de licitación. En los contratos de obras el plazo será como mínimo de veinte días.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Se licita un contrato de servicios de limpieza con la tramitación abreviada del procedimiento abierto simplificado. ¿Qué plazo mínimo de presentación de proposiciones fija la LCSP?

  • Cinco días hábiles
  • Siete días hábiles
  • Diez días hábiles
  • Quince días hábiles

El artículo 159.6.a fija un mínimo de diez días hábiles desde el siguiente a la publicación del anuncio en el perfil de contratante. Aquí la ley dice expresamente «hábiles», y por eso no se cuentan como naturales. Cinco días hábiles es el plazo de un supuesto concreto de esta misma tramitación.

El plazo para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En un procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada para adjudicar una concesión de servicios, ¿qué reducción del plazo general de presentación de proposiciones admite la LCSP?

  • Solo la de urgencia, por ser una necesidad inaplazable
  • Las tres, como en obras, suministros y servicios
  • Solo la de cinco días por aceptar ofertas electrónicas
  • Ninguna, porque el plazo de las concesiones es fijo

El artículo 156.3 da tres reducciones a las obras, los suministros y los servicios: por anuncio de información previa, por urgencia y por aceptar ofertas por medios electrónicos. El 156.4 deja a las concesiones de obras y de servicios solo la última, la de la letra c): cinco días menos. Ni la urgencia ni el anuncio previo acortan el plazo de una concesión, pero el plazo tampoco es fijo.

c) Si el órgano de contratación aceptara la presentación de ofertas por medios electrónicos, podrá reducirse el plazo general de presentación de proposiciones en cinco días. 4. En las concesiones de obras y de servicios solo se podrá reducir el plazo general cuando se dé la circunstancia establecida en la letra c) del apartado anterior.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Un ministerio licita por procedimiento abierto un suministro de 60.000 euros de valor estimado. ¿Desde cuándo se cuenta el plazo de presentación de proposiciones?

  • Desde el envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea
  • Desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante
  • Desde la publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea
  • Desde la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado

Para los contratos de las Administraciones Públicas que no están sujetos a regulación armonizada, el artículo 156.6 cuenta el plazo desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el perfil de contratante. Un contrato no armonizado no necesita anuncio en el diario oficial europeo, así que ni su envío ni su publicación allí marcan el plazo, y el Boletín Oficial del Estado tampoco.

contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación del contrato en el perfil de contratante
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En un procedimiento abierto, el contrato no se adjudica dentro del plazo máximo. ¿Qué derecho reconoce la LCSP a los licitadores?

  • A que el contrato se entienda adjudicado al mejor clasificado
  • A retirar su proposición y recuperar la garantía provisional
  • A una indemnización por los gastos de preparar su proposición
  • A que la licitación se declare desierta y se convoque otra

Pasado el plazo sin adjudicar, el artículo 158.4 libera a los licitadores: pueden retirar su proposición y que se les devuelva la garantía provisional, si se exigió. La ley no da el contrato por adjudicado por el paso del tiempo, no reconoce una indemnización por los gastos de licitar y no obliga a declarar desierta la licitación.

De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición, y a la devolución de la garantía provisional, de existir esta.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En la tramitación abreviada del procedimiento abierto simplificado, ¿con qué basta, sin otro documento, para formalizar el contrato?

  • Con la factura que presente el contratista, como en el contrato menor
  • Con la firma de aceptación de la adjudicación por el contratista
  • Con la notificación de la adjudicación al propio contratista
  • Con la publicación de la adjudicación en el perfil de contratante

El artículo 159.6.g permite formalizar el contrato con la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación, sin un documento aparte. Hace falta un acto del contratista: ni la notificación de la adjudicación ni su publicación en el perfil de contratante la formalizan. La factura es cosa del contrato menor.

La formalización del contrato podrá efectuarse mediante la firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En el procedimiento abierto simplificado, si no se ve limitada la concurrencia, ¿qué deben cumplir todos los licitadores en la fecha final de presentación de ofertas?

  • Haber constituido ante el órgano la garantía provisional que fije el pliego
  • Haber sido invitados a participar por el órgano de contratación
  • Estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas
  • Haber acreditado su solvencia ante la mesa con la documentación justificativa

El artículo 159.4.a exige a todos los licitadores del simplificado estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o en el de su comunidad autónoma cuando proceda. En este procedimiento no se constituye garantía provisional (159.4.b), no hay invitaciones, porque se presenta quien quiere, y la solvencia no se acredita al presentarse: basta la declaración responsable del 159.4.c.

Todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Un ayuntamiento licita por el procedimiento abierto ordinario, no el simplificado, unas obras de 400.000 euros de valor estimado, no sujetas a regulación armonizada. ¿Qué plazo mínimo de presentación de proposiciones fija la LCSP?

  • Diez días
  • Quince días
  • Veinte días
  • Veintiséis días

Fuera de la regulación armonizada, el artículo 156.6 fija un mínimo general para los contratos de las Administraciones Públicas y otro mayor para las obras y las concesiones de obras y de servicios: veintiséis días. Quince es el mínimo general, que las obras no pueden usar; los otros dos plazos no son del procedimiento abierto ordinario.

En los contratos de obras y de concesión de obras y concesión de servicios, el plazo será, como mínimo, de veintiséis días.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En el procedimiento abierto, ¿quién abre y examina las proposiciones y formula la propuesta de adjudicación?

  • La mesa de contratación
  • El órgano de contratación
  • Un comité de expertos
  • Los servicios técnicos

El artículo 157.1 encarga a la mesa de contratación calificar la documentación y, después, abrir y examinar las proposiciones y proponer la adjudicación. La propuesta va dirigida al órgano de contratación, que es quien adjudica. Los servicios técnicos pueden emitir los informes que se les pidan (157.5), pero no proponen, y el comité de expertos, cuando lo hay, valora ciertos criterios de juicio de valor, no la proposición entera.

La Mesa de contratación calificará la documentación a que se refiere el artículo 140, que deberá presentarse por los licitadores en sobre o archivo electrónico distinto al que contenga la proposición. Posteriormente, el mismo órgano procederá a la apertura y examen de las proposiciones, formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En un procedimiento abierto, la proposición va en dos sobres que se abren en actos distintos. ¿Cuándo se entiende cumplido el plazo máximo para abrir las proposiciones?

  • Cuando dentro de él se han abierto todos los sobres
  • Cuando dentro de él se ha abierto el primer sobre
  • Cuando dentro de él se ha abierto el sobre de la oferta económica
  • Cuando dentro de él la mesa ha valorado el primero de los sobres

El artículo 157.3 da veinte días desde que termina el plazo de presentación para abrir las proposiciones y, si van en varios sobres que se abren en actos independientes, lo da por cumplido cuando se ha abierto el primero dentro de ese plazo. No hace falta haberlos abierto todos, ni el de la oferta económica, ni haber valorado nada.

el plazo anterior se entenderá cumplido cuando se haya abierto, dentro del mismo, el primero de los sobres o archivos electrónicos que componen la proposición
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En el procedimiento abierto simplificado, abierto el sobre de los criterios que se valoran con fórmulas, ¿qué hace la mesa justo después de evaluar y clasificar las ofertas?

  • Comprobar que la empresa mejor puntuada está en condiciones de contratar
  • Requerir a la empresa mejor puntuada que constituya la garantía definitiva
  • Pedir a los servicios técnicos que valoren el juicio de valor
  • Proponer la adjudicación a favor de la empresa mejor puntuada

El artículo 159.4.f ordena los pasos de la mesa en la misma sesión: primero evalúa y clasifica, después propone la adjudicación al mejor puntuado, luego comprueba su aptitud para contratar y, por último, le requiere la garantía definitiva. La valoración de los criterios de juicio de valor no viene después: tiene que estar hecha antes de abrir el sobre de las fórmulas.

1.º Previa exclusión, en su caso, de las ofertas que no cumplan los requerimientos del pliego, evaluar y clasificar las ofertas. 2.º Realizar la propuesta de adjudicación a favor del candidato con mejor puntuación.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En un procedimiento abierto hay que tramitar la justificación de una oferta que parece anormalmente baja, con los trámites del artículo 149.4. ¿Cómo afecta eso al plazo máximo para adjudicar?

  • Se amplía en cinco días hábiles
  • Se amplía en siete días hábiles
  • Se amplía en diez días hábiles
  • Se amplía en quince días hábiles

El artículo 158.3 amplía los plazos de adjudicación del 158.1 y del 158.2 en quince días hábiles cuando hay que seguir los trámites de la oferta anormalmente baja. Aquí la ley sí dice «hábiles», al contrario que en los plazos de adjudicación que amplía. Cinco, siete y diez días hábiles son plazos de otros trámites de la ley.

Los plazos indicados en los apartados anteriores se ampliarán en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el apartado 4 del artículo 149 de la presente Ley.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Según la LCSP, ¿quién puede presentar una proposición en el procedimiento abierto?

  • Los empresarios a los que invite el órgano de contratación
  • Todo empresario que esté interesado en el contrato
  • Los empresarios seleccionados tras solicitar participar
  • Los empresarios que tengan la clasificación del contrato

El abierto no filtra la entrada: el artículo 156.1 deja presentar proposición a todo empresario interesado. Invitar a unos empresarios o seleccionar entre quienes piden participar es lo propio del restringido y de los procedimientos con negociación, y la clasificación, cuando se exige, es un requisito de solvencia que se comprueba, no una condición para poder presentarse.

En el procedimiento abierto todo empresario interesado podrá presentar una proposición
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En un procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, ¿desde cuándo se cuenta el plazo de presentación de proposiciones?

  • Desde el envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea
  • Desde la publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea
  • Desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante
  • Desde la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado

El artículo 156.2 cuenta el plazo del abierto armonizado desde la fecha de envío del anuncio a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, una fecha que conoce el propio órgano de contratación. Su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea llega después y no es el punto de partida, como tampoco lo son el perfil de contratante ni el Boletín Oficial del Estado.

contados desde la fecha de envío del anuncio de licitación a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Una diputación provincial licita un suministro por el abierto simplificado. ¿A qué umbral remite la LCSP para su valor estimado máximo?

  • El del artículo 21.1.b, el de los demás poderes adjudicadores, entre ellos la diputación
  • La mitad del umbral de regulación armonizada que corresponda a la diputación
  • 100.000 euros, la cifra a partir de la cual cabe el recurso especial en suministros
  • El del artículo 21.1.a, el del Estado, sus organismos autónomos y la Seguridad Social

El artículo 159.1.a no remite al umbral de cada contratante, sino a la letra a) del 21.1 en los suministros (y a la del 22.1 en los servicios): el de la Administración General del Estado vale para todos, también para una diputación, aunque su propio umbral de regulación armonizada sea el de la letra b). Y como remite también a sus actualizaciones, el límite se mueve cada vez que se revisan esos umbrales.

en el caso de contratos de suministro y de servicios, que su valor estimado sea inferior a las cantidades establecidas en los artículos 21.1, letra a), y 22.1, letra a), de esta Ley, respectivamente, o a sus correspondientes actualizaciones
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Un ministerio quiere licitar un servicio de mantenimiento, sin prestaciones de carácter intelectual, con la tramitación abreviada del procedimiento abierto simplificado (artículo 159.6). ¿Qué valor estimado tiene que tener?

  • Inferior a 15.000 euros
  • Inferior a 35.000 euros
  • Inferior a 40.000 euros
  • Inferior a 60.000 euros

El artículo 159.6 permite la tramitación abreviada en suministros y servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros, salvo las prestaciones de carácter intelectual. 35.000 euros era el límite de la redacción original, que la Ley 11/2020 subió; 15.000 y 40.000 son los límites del contrato menor en servicios y en obras.

en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Una empresa quiere licitar en un procedimiento abierto simplificado, pero cuando termina el plazo de presentación de ofertas aún no está inscrita en el registro de licitadores. ¿Se admite su proposición?

  • Sí, si pidió la inscripción con su documentación antes de esa fecha
  • Sí, si se inscribe antes de que la mesa formule la propuesta de adjudicación
  • Sí, si aporta en su lugar la declaración responsable del artículo 140
  • No: la inscripción en esa fecha es un requisito que no admite excepción

La inscripción en el registro en la fecha final de presentación es la regla del artículo 159.4.a, pero el mismo precepto admite la proposición de quien acredite haber presentado antes de esa fecha la solicitud de inscripción con la documentación preceptiva. Inscribirse después no sirve, y la declaración responsable del artículo 140 no sustituye a la inscripción: la única salvedad es haberla solicitado antes.

también se considerará admisible la proposición del licitador que acredite haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

Abiertas las proposiciones de un procedimiento abierto, el órgano de contratación quiere negociar con el licitador mejor situado una rebaja de su precio. ¿Qué permite la LCSP?

  • Puede negociar si el pliego de cláusulas administrativas lo prevé
  • Puede negociar con él si luego ofrece lo mismo a los demás licitadores
  • No puede: en el abierto queda excluida toda negociación
  • No puede antes de la propuesta, pero sí una vez formulada

El artículo 156.1 define el abierto por dos rasgos: entra todo empresario interesado y queda excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. No la abre el pliego, ni el trato igual a todos, ni el momento: quien necesite negociar tiene que acudir a un procedimiento con negociación, y solo si se da alguno de sus supuestos. La subasta electrónica (art. 143) no es una negociación.

quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores
Ley 9/2017, de 8 de noviembre

En un procedimiento abierto, el único criterio de adjudicación es el precio. ¿En qué plazo máximo debe adjudicarse el contrato?

  • Dos meses, contados desde la apertura de las proposiciones
  • Quince días, contados desde el siguiente al fin del plazo para presentarlas
  • Quince días, contados desde el siguiente a la apertura de las proposiciones
  • Dos meses, contados desde el fin del plazo para presentarlas

Con el precio como único criterio, el artículo 158.1 da quince días contados desde el siguiente al de apertura de las proposiciones. Los dos meses son para cuando hay varios criterios (158.2), y en ningún caso se cuenta desde que termina el plazo de presentación: el reloj de la adjudicación lo pone la apertura.

Cuando el único criterio para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el del precio, la adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre