Según la LECrim, ¿qué hace la Sala Segunda del Tribunal Supremo cuando estima fundada la queja contra el auto que denegó la preparación de la casación?
- Admite ella misma el recurso de casación y señala día para la vista
- Revoca el auto y manda expedir la certificación de la resolución reclamada
- Anula la sentencia recurrida y devuelve la causa al tribunal sentenciador
- Remite la queja al tribunal sentenciador para que vuelva a decidir sobre ella
Estimar la queja no es estimar la casación: la Sala revoca el auto denegatorio y manda al tribunal sentenciador que expida la certificación de la resolución reclamada y practique lo que prevén los arts. 858 y 861 (art. 870), de modo que el recurso queda preparado y sigue su curso. La Sala no admite todavía el recurso ni señala vista, no anula la sentencia y no devuelve la decisión al tribunal sentenciador: la queja la resuelve ella.
Cuando la Sala estime fundada la queja revocará el auto denegatorio y mandará al Tribunal sentenciador que expida la certificación de la resolución reclamada