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El Defensor del Pueblo: elección, estatuto y Adjuntos

28 preguntas · en 2 colecciones

El título I de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo: qué es, quién lo elige y con qué mayorías, su mandato, el cese y la sustitución, sus prerrogativas e incompatibilidades y los Adjuntos, con las funciones de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de su disposición final.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 28 preguntas que contiene en total.

Según el art. 2.2, ¿qué órgano se designa en las Cortes Generales para relacionarse con el Defensor del Pueblo e informar a los Plenos?

  • Una Comisión en cada una de las dos Cámaras
  • Una Comisión del Congreso de los Diputados
  • Una Comisión del Senado
  • Una Comisión Mixta Congreso-Senado

Una sola Comisión, Mixta Congreso-Senado, que informa a «los respectivos Plenos». La redacción original de la ley preveía una Comisión en cada Cámara: es la versión que sigue en manuales viejos y ya no rige. Tampoco es una Comisión de una sola de las Cámaras.

Se designará en las Cortes Generales una Comisión Mixta Congreso-Senado encargada de relacionarse con el Defensor del Pueblo e informar a los respectivos Plenos
Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril

Fuera de las opiniones y actos propios de su cargo, ¿en qué caso puede ser detenido o retenido el Defensor del Pueblo mientras ejerce sus funciones?

  • Solo en caso de flagrante delito
  • Solo con autorización previa de las Cortes Generales
  • Por orden judicial, como cualquier otra persona
  • Nunca mientras siga ejerciendo

Solo en flagrante delito (art. 6.3). La autorización previa de la Cámara respectiva es la que necesitan los Diputados y Senadores para ser inculpados o procesados (Constitución, art. 71.2), no una regla del Defensor. Tampoco es inmune sin excepción, ni queda sujeto a la regla común.

En los demás casos, y mientras permanezca en el ejercicio de sus funciones, el Defensor del Pueblo no podrá ser detenido ni retenido sino en caso de flagrante delito
Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril

¿Qué alcance tienen para los Adjuntos del Defensor del Pueblo la inviolabilidad y las reglas de detención y enjuiciamiento del art. 6?

  • Solo mientras sustituyen al Defensor interinamente
  • Se les aplican todas, en el cumplimiento de sus funciones
  • No se les aplica ninguna de ellas
  • Solo la inviolabilidad, no las reglas de detención

Todas: «las anteriores reglas» del art. 6 se aplican a los Adjuntos en el cumplimiento de sus funciones, no solo cuando sustituyen al Defensor, y todas, no solo la inviolabilidad. El art. 8.4 lo repite al extenderles el art. 6.

Las anteriores reglas serán aplicables a los Adjuntos del Defensor del Pueblo en el cumplimiento de sus funciones.
Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril

Si fracasa la primera votación, ¿qué mayorías bastan en las propuestas sucesivas para que quede hecha la designación del Defensor del Pueblo?

  • Dos tercios del Congreso y mayoría absoluta del Senado
  • Tres quintos del Congreso y tres quintos del Senado
  • Tres quintos del Congreso y mayoría absoluta del Senado
  • Dos tercios del Congreso y tres quintos del Senado

En las propuestas sucesivas el Congreso sigue necesitando tres quintos, pero en el Senado basta la mayoría absoluta (art. 2.5). Tres quintos en las dos Cámaras es la primera votación (art. 2.4), y los dos tercios no se exigen en ninguna ronda.

una vez conseguida la mayoría de los tres quintos en el Congreso, la designación quedará realizada al alcanzarse la mayoría absoluta del Senado
Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril

¿Por cuántos años se elige al Defensor del Pueblo?

  • Tres años
  • Cuatro años
  • Cinco años
  • Seis años

Cinco años (art. 2.1). No coincide con los cuatro años del mandato de las Cámaras (Constitución, arts. 68.4 y 69.6): el Defensor no se elige con cada legislatura. Tres y seis años son duraciones vecinas sin apoyo en el art. 2.1.

El Defensor del Pueblo será elegido por las Cortes Generales para un periodo de cinco años
Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril

Según el art. 5.1, ¿cuál de estas NO es una causa de cese del Defensor del Pueblo?

  • Perder la confianza de las Cortes Generales
  • La renuncia
  • La incapacidad sobrevenida
  • La notoria negligencia en los deberes del cargo

La lista del art. 5.1 es cerrada: renuncia, expiración del plazo, muerte o incapacidad sobrevenida, notoria negligencia y condena firme por delito doloso. La pérdida de confianza no figura entre ellas: es una causa de cese del Gobierno (Constitución, art. 101.1), no del Defensor.

cesará por alguna de las siguientes causas: Uno) Por renuncia. Dos) Por expiración del plazo de su nombramiento. Tres) Por muerte o por incapacidad sobrevenida. Cuatro) Por actuar con notoria negligencia en el cumplimiento de las obligaciones y deberes del cargo. Cinco) Por haber sido condenado, mediante sentencia firme, por delito doloso.
Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril

Según el art. 2.4, ¿qué mayorías exige la primera votación para designar al Defensor del Pueblo?

  • Tres quintos del Congreso y, después, tres quintos del Senado
  • Tres quintos del Congreso y, después, mayoría absoluta del Senado
  • Mayoría absoluta del Congreso y, después, tres quintos del Senado
  • Mayoría absoluta del Congreso y, después, mayoría absoluta del Senado

Tres quintos de los miembros del Congreso y la ratificación del Senado «por esta misma mayoría». La mayoría absoluta del Senado es la regla de las propuestas sucesivas, cuando la primera ha fracasado (art. 2.5); el Congreso no baja nunca de los tres quintos.

votación favorable de las tres quintas partes de los miembros del Congreso y posteriormente, en un plazo máximo de veinte días, fuese ratificado por esta misma mayoría del Senado
Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril

Vacante el cargo de Defensor del Pueblo, ¿en qué plazo ha de iniciarse el procedimiento para nombrar a otro?

  • No superior a diez días
  • No superior a veinte días
  • No superior a un mes
  • No superior a dos meses

En plazo no superior a un mes (art. 5.3), el mismo máximo que tiene la Comisión para formular nuevas propuestas en la elección (art. 2.5). Los veinte días son el máximo de la ratificación del Senado y los diez, el plazo para cesar en las incompatibilidades (arts. 2.4 y 7.2); dos meses es más de lo que permite el art. 5.3.

Vacante el cargo se iniciará el procedimiento para el nombramiento de nuevo Defensor del Pueblo en plazo no superior a un mes.
Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril

Según el art. 8.1, ¿cuántos Adjuntos auxilian al Defensor del Pueblo?

  • Uno
  • Dos
  • Tres
  • Cuatro

Dos: un Adjunto Primero y un Adjunto Segundo (art. 8.1), que además le sustituyen por ese orden. La ley no prevé más ni deja el número a su Reglamento.

El Defensor del Pueblo estará auxiliado por un Adjunto Primero y un Adjunto Segundo
Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril

Si no se alcanzan las mayorías necesarias, ¿en qué plazo máximo ha de formular la Comisión sucesivas propuestas de Defensor del Pueblo?

  • Diez días
  • Quince días
  • Veinte días
  • Un mes

Un mes como máximo, en nueva sesión de la Comisión (art. 2.5). Los veinte días son el plazo máximo de la ratificación del Senado y los diez, el término mínimo para convocar al Pleno del Congreso (art. 2.4).

se procederá en nueva sesión de la Comisión, y en el plazo máximo de un mes, a formular sucesivas propuestas
Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril