Si las Cortes Generales han sido disueltas, ¿a qué órgano se dirige el Defensor del Pueblo?
- A las Mesas del Congreso y del Senado
- A las Diputaciones Permanentes de las Cámaras
- A la Comisión parlamentaria de relaciones con él
- Al Presidente del Congreso saliente
A las Diputaciones Permanentes de las Cámaras (art. 11.2), que es lo que hace también cuando las Cortes no están reunidas o ha expirado su mandato. Su actividad no se interrumpe (art. 11.1); lo que cambia es el interlocutor. Para estas situaciones la ley no le remite a la Comisión con la que se relaciona, ni a las Mesas, ni al Presidente del Congreso.
La actividad del Defensor del Pueblo no se verá interrumpida en los casos en que las Cortes Generales no se encuentren reunidas, hubieren sido disueltas o hubiere expirado su mandato. Dos. En las situaciones previstas en el apartado anterior, el Defensor del Pueblo se dirigirá a las Diputaciones Permanentes de las Cámaras.