¿Cuándo presenta el Defensor del Pueblo su informe anual de gestión?
- Dentro del primer trimestre de cada año natural
- Con las Cortes reunidas en periodo ordinario de sesiones
- En el primer periodo de sesiones extraordinarias del año
- Al comienzo de cada legislatura, sobre la gestión de la anterior
Lo presenta ante las Cortes cuando se hallen reunidas en periodo ordinario de sesiones (art. 32.1). La ley no fija un trimestre ni una fecha, no lo lleva a las sesiones extraordinarias y lo liga a cada año, no a la legislatura.
El Defensor del Pueblo dará cuenta anualmente a las Cortes Generales de la gestión realizada en un informe que presentará ante las mismas cuando se hallen reunidas en periodo ordinario de sesiones.