La separación de un Vicepresidente del Gobierno extingue su Vicepresidencia. ¿Cuándo no ocurre así?
- Cuando la separación se produce a petición del propio Vicepresidente
- Cuando a la vez se designa otro vicepresidente en sustitución del separado
- Cuando el Consejo de Ministros acuerda mantener la Vicepresidencia vacante
- Cuando la separación se produce estando el Gobierno en funciones
El artículo 12.3 solo salva la Vicepresidencia si simultáneamente se designa otro vicepresidente en sustitución del separado. Da igual quién pida la separación o que el Gobierno esté en funciones, y la ley no deja al Consejo de Ministros mantener la Vicepresidencia vacante.
La separación de los Vicepresidentes del Gobierno llevará aparejada la extinción de dichos órganos, salvo el caso en que simultáneamente se designe otro vicepresidente en sustitución del separado.