Según el art. 183 de la LGSS, ¿cómo se acredita el ejercicio corresponsable del cuidado del lactante?
- Con la certificación empresarial de la reducción de jornada
- Con una declaración responsable firmada por los progenitores
- Con un informe del servicio público de salud sobre el lactante
- Con la resolución del INSS que autoriza la reducción de jornada
La acreditación corre a cargo de las empresas: certifican la reducción de jornada de quienes trabajan en ellas, y el reglamento fija los requisitos de esa documentación. No basta la palabra de los progenitores, no interviene el servicio de salud y el INSS no autoriza la reducción: reconoce la prestación a la vista de lo que la empresa certifica.
La acreditación del ejercicio corresponsable del cuidado del lactante se realizará mediante certificación de la reducción de la jornada por las empresas en que trabajen sus progenitores