Según la LO 3/2018, si el delegado de protección de datos aprecia una vulneración relevante, ¿a quién tiene que comunicarla?
- A la Agencia Española de Protección de Datos, en 72 horas
- A los órganos de administración y dirección, de inmediato
- A todos los afectados por la vulneración, en el plazo de un mes
- Al Ministerio Fiscal, si aprecia indicios de delito
El delegado mira hacia dentro: documenta la vulneración y la comunica inmediatamente a los órganos de administración y dirección del responsable o del encargado. Las 72 horas ante la autoridad son de otra norma y de otro sujeto, el responsable que sufre una violación de seguridad, y no el deber que aquí se le pone al delegado.
lo documentará y lo comunicará inmediatamente a los órganos de administración y dirección del responsable o el encargado del tratamiento