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Las disposiciones adicionales de la ley orgánica de protección de datos

13 preguntas · en 2 colecciones

Las disposiciones adicionales de la Ley Orgánica 3/2018, con su derogatoria y las finales que no modifican otras leyes: las medidas de seguridad en el sector público, la protección de datos y el acceso a la información pública, el cómputo de los plazos, cómo se identifica a los interesados en los anuncios y publicaciones de actos administrativos, la potestad de verificación de las Administraciones, los tratamientos de datos de salud, los derechos de los menores ante Internet y la naturaleza orgánica de la ley.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 13 preguntas que contiene en total.

Según la LO 3/2018, cuando haya que publicar un acto administrativo que contiene datos personales del afectado, ¿cómo se le identifica?

  • Con su nombre y apellidos y el número completo de su documento de identidad
  • Con su nombre y apellidos y cuatro cifras aleatorias de su documento de identidad
  • Solo con el número completo de su documento de identidad, sin el nombre
  • Con sus iniciales y las cuatro últimas cifras de su documento de identidad

La publicación identifica por el nombre y los apellidos, y añade cuatro cifras numéricas aleatorias del DNI, el NIE, el pasaporte o el documento equivalente. Son aleatorias, no las cuatro últimas, y van con el nombre completo, no con las iniciales. Y el nombre y los apellidos junto al número completo del documento no se publican nunca: la ley lo prohíbe expresamente.

se identificará al mismo mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre

Un interesado declara en una solicitud datos personales que ya obran en poder de las Administraciones Públicas. Según la LO 3/2018, ¿qué puede hacer el órgano destinatario?

  • Nada, salvo que el interesado lo autorice expresamente por escrito
  • Solo pedir a la Agencia Española de Protección de Datos que los compruebe
  • Darlos por exactos sin comprobarlos, porque los declaró el interesado
  • Hacer las verificaciones necesarias para comprobar su exactitud

La ley reconoce una potestad de verificación: el órgano que recibe la solicitud puede comprobar, en el ejercicio de sus competencias, que los datos declarados son exactos. No necesita una autorización expresa del interesado para hacerlo, no pasa por la Agencia y tampoco está obligado a dar por buena la declaración sin más.

el órgano destinatario de la solicitud podrá efectuar en el ejercicio de sus competencias las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre

Según la LO 3/2018, ¿cuándo pueden las autoridades sanitarias llevar a cabo estudios científicos sin el consentimiento de los afectados?

  • Nunca: la investigación en salud exige siempre el consentimiento
  • Cuando lo autorice en cada caso la Agencia Española de Protección de Datos
  • Cuando los datos procedan de historias clínicas ya cerradas y archivadas
  • En situaciones de excepcional relevancia y gravedad para la salud pública

Es una excepción al consentimiento con dos límites: solo para las autoridades sanitarias y las instituciones públicas con competencias en vigilancia de la salud pública, y solo en situaciones de excepcional relevancia y gravedad. No exige una autorización de la Agencia caso por caso, y lo que la habilita es la gravedad de la situación, no el origen de los datos.

podrán llevar a cabo estudios científicos sin el consentimiento de los afectados en situaciones de excepcional relevancia y gravedad para la salud pública
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre

Según su disposición final decimosexta, ¿cuándo entra en vigor la LO 3/2018?

  • El día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado
  • A los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado
  • El 25 de mayo de 2018, cuando empezó a aplicarse el Reglamento europeo
  • A los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado

La ley orgánica no se acoge a los veinte días que el Código Civil prevé cuando una ley no dice nada: fija su propia entrada en vigor, el día siguiente al de su publicación, y como se publicó el 6 de diciembre de 2018, rige desde el día 7. El 25 de mayo de 2018 es otra fecha: aquella desde la que se aplica el Reglamento europeo.

La presente ley orgánica entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre

Según la LO 3/2018, ¿a quién se aplica únicamente su título VIII, el de los procedimientos en caso de posible vulneración de la normativa de protección de datos?

  • A todas las Administraciones públicas, como condición básica del Estado
  • A la Administración General del Estado y a las comunidades autónomas
  • A la Administración General del Estado y a sus organismos públicos
  • A la Administración General del Estado y a las entidades locales

La disposición final segunda dicta la ley al amparo de las condiciones básicas del artículo 149.1.1.ª de la Constitución, pero saca de ese carácter básico unas piezas que solo se aplican a la Administración General del Estado y a sus organismos públicos: entre ellas, el título VIII. La ley no extiende esa aplicación a las comunidades autónomas ni a las entidades locales.

el Título VIII, la disposición adicional cuarta y la disposición transitoria primera sólo serán de aplicación a la Administración General del Estado y a sus organismos públicos
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre

Según la LO 3/2018, ¿cuál de estas leyes figura entre las que regulan tratamientos de datos de salud y genéticos amparados en el artículo 9.2 del Reglamento europeo?

  • La Ley de Promoción de la Autonomía Personal
  • La Ley de Prevención de Riesgos Laborales
  • La Ley General de la Seguridad Social
  • La Ley de Protección Jurídica del Menor

La lista de la disposición adicional decimoséptima reúne leyes sanitarias —General de Sanidad, autonomía del paciente, salud pública, medicamentos…— y otras en las que la salud pesa, como la de prevención de riesgos laborales, la de entidades aseguradoras y la de derechos de las personas con discapacidad. Ni la de autonomía personal y dependencia, ni la de Seguridad Social, ni la del menor están en ella.

que estén regulados en las siguientes leyes y sus disposiciones de desarrollo: a) La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. b) La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre

Según la LO 3/2018, sus disposiciones adicionales tienen carácter de ley ordinaria salvo dos, que son orgánicas. ¿Cuáles?

  • La séptima (identificación en las publicaciones) y la decimoséptima (datos de salud)
  • La segunda (transparencia y acceso a la información) y la decimoséptima (datos de salud)
  • La segunda (transparencia y acceso a la información) y la tercera (cómputo de plazos)
  • La primera (seguridad en el sector público) y la séptima (identificación en las publicaciones)

La ley es orgánica, pero la disposición final primera rebaja a ordinaria buena parte de ella, y entre lo rebajado están las adicionales, salvo la segunda, la de la transparencia y el acceso a la información, y la decimoséptima, la de los datos de salud. La séptima y la tercera, por mucho que se pregunten, son ley ordinaria.

las disposiciones adicionales, salvo la disposición adicional segunda y la disposición adicional decimoséptima, que tienen carácter orgánico
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre

Según la LO 3/2018, cuando un tercero presta un servicio a una Administración en régimen de concesión, encomienda de gestión o contrato, ¿qué medidas de seguridad aplica a los datos personales?

  • Las de la Administración pública de origen, ajustadas al Esquema Nacional de Seguridad
  • Las que el propio tercero decida, según su análisis de riesgos como empresa privada
  • Las que fije el contrato o la concesión, sin sujeción al Esquema Nacional de Seguridad
  • Las que apruebe en cada caso la Agencia Española de Protección de Datos, a petición suya

El tercero no se trae sus propias medidas ni puede pactar unas al margen del Esquema Nacional de Seguridad: las suyas tienen que corresponderse con las de la Administración de origen y ajustarse a ese Esquema. La Agencia no aprueba medidas caso por caso.

las medidas de seguridad se corresponderán con las de la Administración pública de origen y se ajustarán al Esquema Nacional de Seguridad
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre

Según la LO 3/2018, en una notificación por medio de anuncios, como las del artículo 44 de la Ley 39/2015, ¿cómo se identifica al afectado que dispone de documento de identidad?

  • Con su nombre y apellidos y cuatro cifras aleatorias de su documento
  • Con su nombre y apellidos y el número completo de su documento
  • Solo con su nombre y apellidos, sin ningún dato de su documento
  • Exclusivamente con el número completo de su documento de identidad

En la notificación por anuncios el afectado se identifica solo por el número completo del DNI, el NIE, el pasaporte o el documento equivalente, sin el nombre. Juntar el nombre y los apellidos con el número completo es justo lo que la ley prohíbe en todo caso. Identificar solo por el nombre queda para quien no tiene ninguno de esos documentos.

se identificará al afectado exclusivamente mediante el número completo de su documento nacional de identidad
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre

Un plazo señalado por días en la LO 3/2018 se refiere a una relación entre dos particulares, sin ninguna Administración de por medio. Según la propia ley, ¿cómo se computa?

  • En días naturales, porque la relación es solo entre particulares
  • En días hábiles, excluidos solo los domingos y los festivos
  • En días hábiles, excluidos los sábados, los domingos y los festivos
  • En días naturales, salvo que el último día del plazo sea festivo

La ley orgánica aplica las mismas reglas de cómputo a los plazos del Reglamento europeo y a los suyos, sean entre particulares o con el sector público: los días son hábiles, y fuera quedan los sábados, los domingos y los festivos. Que la relación sea privada no los convierte en naturales, y el sábado también se excluye.

con independencia de que se refieran a relaciones entre particulares o con entidades del sector público, se regirán por las siguientes reglas: a) Cuando los plazos se señalen por días, se entiende que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre