Según la Ley 1/1983, ¿cómo se establecen en la Comunidad de Madrid las unidades administrativas inferiores a Subdirección General?
- Mediante las relaciones de puestos de trabajo
- Mediante Orden del Consejero respectivo
- Mediante Decreto del Consejo de Gobierno
- Mediante la Ley de Presupuestos de la Comunidad
En su redacción vigente, el art. 48.2 dice que esas unidades se establecen mediante las relaciones de puestos de trabajo. La Orden del Consejero tienta por el Estado, donde los órganos de nivel inferior a Subdirección General se crean por orden del Ministro (Ley 40/2015, art. 59.2). El Decreto del Consejo de Gobierno fija la estructura solo hasta la Subdirección General (art. 40).
Las unidades administrativas inferiores a Subdirección General se establecen mediante las relaciones de puestos de trabajo, que se aprobarán de acuerdo con su regulación específica.