Según la Ley 1/1983, ¿con qué mayoría puede el Pleno de la Asamblea de Madrid revocar el acuerdo del Consejo de Gobierno que aprecia la incapacidad transitoria del Presidente?
- Mayoría absoluta
- Tres quintas partes
- Dos tercios
- Cuatro quintas partes
La Asamblea revoca por mayoría absoluta (art. 13.3), y entonces el Presidente sigue en el pleno ejercicio de sus funciones. Las cuatro quintas partes son la mayoría que necesita el Consejo de Gobierno para apreciar la incapacidad, no la que necesita la Asamblea para deshacerla.
podrá por mayoría absoluta revocar el acuerdo, en cuyo caso el Presidente continuará en el ejercicio pleno de sus funciones