Según la Ley 5/2025, ¿cómo se ejercen en la Comunidad de Madrid las funciones de ordenación y realización del pago?
- Por el Director General del Tesoro, que actúa como ordenador general de pagos
- Por la Intervención General, como órgano de control interno
- Por cada Consejero, respecto de los gastos de su propia sección
- Bajo la superior autoridad del titular de hacienda o por el tesorero central
El art. 99.3 deja la ordenación y la realización del pago bajo la superior autoridad del titular de la Consejería competente en materia de hacienda o en el tesorero central de la Comunidad, y el apartado 4 permite delegarlas por orden del Consejero. El Director General del Tesoro como ordenador general de pagos es la figura estatal (art. 75 de la Ley General Presupuestaria). La Intervención controla y no paga.
Las funciones anteriores serán ejercidas bajo la superior autoridad del titular de la Consejería competente en materia de hacienda o por el tesorero central de la Comunidad de Madrid.