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Artículo 1 del RGPD: objeto

Las preguntas de Reglamento general de protección de datos (RGPD) que citan este artículo, resueltas y con su cita literal.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el RGPD, ¿protege el Reglamento los derechos de las personas jurídicas en cuanto al tratamiento de sus datos?

  • Sí, en los mismos términos que los de las personas físicas
  • No: protege los derechos y libertades de las personas físicas
  • Sí, pero solo los de las personas jurídicas sin ánimo de lucro
  • Solo cuando lo disponga el Derecho del Estado miembro

El artículo 1 dice a quién protege el Reglamento: a las personas físicas, y en particular su derecho a la protección de los datos personales. Las personas jurídicas quedan fuera: los datos de una empresa como tal no son datos personales, y el artículo no distingue por el ánimo de lucro ni deja la cuestión al Derecho de cada Estado.

El presente Reglamento protege los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas y, en particular, su derecho a la protección de los datos personales.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, ¿puede un Estado miembro restringir la libre circulación de datos personales en la Unión por motivos de protección de las personas físicas?

  • Sí, cuando su autoridad de control lo considere necesario
  • Sí, si el Estado de destino ofrece una protección inferior
  • Solo de forma temporal, mientras dure una investigación
  • No: por esos motivos no puede restringirse ni prohibirse

El Reglamento persigue a la vez dos fines: proteger a las personas físicas y garantizar la libre circulación de los datos. Como todos los Estados miembros aplican las mismas normas, la protección de las personas no puede alegarse para frenar la circulación dentro de la Unión. La idea de comparar el nivel de protección del destino pertenece a las transferencias a terceros países, no a la circulación entre Estados miembros.

La libre circulación de los datos personales en la Unión no podrá ser restringida ni prohibida por motivos relacionados con la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril