Según el RGPD, ¿puede el delegado de protección de datos desempeñar otras funciones y cometidos?
- Sí, si el responsable garantiza que no den lugar a conflicto de intereses
- No, el cargo de delegado es incompatible con cualquier otro cometido
- Sí, pero solo cuando su dedicación al cargo de delegado sea parcial
- Sí, pero solo las del área de seguridad de la información de la entidad
El Reglamento permite que el delegado tenga otras funciones y cometidos, con un límite: que no den lugar a conflicto de intereses, y es el responsable o el encargado quien tiene que garantizarlo. No declara el cargo incompatible con todo, no ata la compatibilidad al tipo de dedicación ni la limita a un área concreta de la organización.
El delegado de protección de datos podrá desempeñar otras funciones y cometidos. El responsable o encargado del tratamiento garantizará que dichas funciones y cometidos no den lugar a conflicto de intereses.