Según el RGPD, ¿cuándo se aplica el Reglamento a un tratamiento de datos personales que no está automatizado?
- Cuando los datos están en un fichero o van a incluirse en él
- Cuando lo realiza una autoridad pública en sus funciones
- Cuando los datos son de categorías especiales, como la salud
- Nunca: el Reglamento solo regula el tratamiento automatizado
El tratamiento total o parcialmente automatizado entra siempre en el ámbito material; el manual, solo si los datos están contenidos en un fichero o destinados a incluirse en él. Lo que decide es el fichero, no quién trata los datos ni de qué clase son. Por eso no es cierto que el Reglamento ignore el papel: unas fichas ordenadas por criterios sí quedan dentro.
El presente Reglamento se aplica al tratamiento total o parcialmente automatizado de datos personales, así como al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero.