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Artículo 20 del RGPD: derecho a la portabilidad de los datos

Las preguntas de Reglamento general de protección de datos (RGPD) que citan este artículo, resueltas y con su cita literal.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el RGPD, ¿cuándo tiene el interesado derecho a la portabilidad de los datos que facilitó a un responsable?

  • Cuando el tratamiento sea automatizado, sea cual sea su base jurídica
  • Cuando se base en el interés legítimo del responsable y sea automatizado
  • Cuando se base en el consentimiento o en un contrato, aunque se haga en papel
  • Cuando se base en el consentimiento o en un contrato y sea automatizado

La portabilidad exige dos condiciones a la vez: una base jurídica concreta —el consentimiento o la ejecución de un contrato— y un tratamiento por medios automatizados. Un tratamiento automatizado basado en el interés legítimo o en otra base no la abre, y uno en papel tampoco, aunque se base en el consentimiento.

el tratamiento esté basado en el consentimiento con arreglo al artículo 6, apartado 1, letra a), o el artículo 9, apartado 2, letra a), o en un contrato con arreglo al artículo 6, apartado 1, letra b), y b) el tratamiento se efectúe por medios automatizados.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, al ejercer la portabilidad, ¿puede el interesado pedir que sus datos pasen directamente de un responsable a otro?

  • No: tiene que recibirlos él y transmitirlos después por su cuenta
  • Sí, cuando sea técnicamente posible hacer esa transmisión directa
  • Sí, pero solo si lo acepta el responsable que tiene los datos
  • Solo si los dos responsables pertenecen al mismo grupo empresarial

La portabilidad tiene dos caras: recibir los datos en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica para llevarlos a otro, y pedir que se transmitan directamente de responsable a responsable. Esa segunda vía tiene un solo límite, que sea técnicamente posible; no depende de la voluntad del responsable que los tiene, que no puede impedir la transmisión, ni de que los dos estén en el mismo grupo.

el interesado tendrá derecho a que los datos personales se transmitan directamente de responsable a responsable cuando sea técnicamente posible
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril