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Artículo 22 del RGPD: decisiones individuales automatizadas, incluida la elaboración de perfiles

Las preguntas de Reglamento general de protección de datos (RGPD) que citan este artículo, resueltas y con su cita literal.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el RGPD, ¿en cuál de estos casos cabe una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado que produzca efectos jurídicos en el interesado?

  • Cuando se base en el interés legítimo del responsable
  • Cuando el resultado favorezca en parte al interesado
  • Cuando se base en el consentimiento explícito del interesado
  • Cuando la adopte un responsable con menos de 250 trabajadores

La prohibición tiene tres salidas tasadas: que la decisión sea necesaria para celebrar o ejecutar un contrato, que la autorice el Derecho de la Unión o del Estado con garantías adecuadas, o que se base en el consentimiento explícito del interesado. El interés legítimo, que sí sirve como base para muchos tratamientos, no está entre ellas, y el tamaño del responsable o el sentido del resultado no eximen.

El apartado 1 no se aplicará si la decisión: a) es necesaria para la celebración o la ejecución de un contrato entre el interesado y un responsable del tratamiento; b) está autorizada por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento y que establezca asimismo medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades y los intereses legítimos del interesado, o c) se basa en el consentimiento explícito del interesado.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, ¿de qué decisiones tiene derecho el interesado a no ser objeto?

  • De las basadas solo en tratamiento automatizado y con efectos jurídicos o similares
  • De cualquiera en cuya preparación se haya usado un tratamiento automatizado
  • De las basadas solo en tratamiento automatizado, aunque no le afecten en nada
  • De las que adopte una Administración pública mediante cualquier actuación automatizada

El derecho exige las dos piezas: que la decisión se base únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, y que produzca efectos jurídicos en el interesado o le afecte significativamente de modo similar. Una decisión que una persona toma apoyándose en un sistema automatizado no está dentro, y una automatizada sin efectos relevantes, tampoco. No es un derecho solo frente a las Administraciones.

Todo interesado tendrá derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos en él o le afecte significativamente de modo similar.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Un banco deniega un préstamo con una decisión basada únicamente en un tratamiento automatizado, necesaria para el contrato. Según el RGPD, ¿qué tiene que garantizar como mínimo al interesado?

  • Conocer el código del algoritmo y la identidad de quien lo programó
  • Una revisión anual del algoritmo por un auditor externo e independiente
  • Nada: si es necesaria para un contrato, la decisión no tiene garantías
  • Obtener intervención humana, dar su punto de vista e impugnar la decisión

Que la decisión sea necesaria para el contrato la permite, pero no la deja sin garantías: el responsable tiene que adoptar medidas adecuadas y, como mínimo, reconocer el derecho a obtener intervención humana, a expresar su punto de vista y a impugnar la decisión. El reglamento no exige revelar el código ni someter el algoritmo a auditorías periódicas.

como mínimo el derecho a obtener intervención humana por parte del responsable, a expresar su punto de vista y a impugnar la decisión
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril