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Artículo 34 del RGPD: comunicación de una violación de la seguridad de los datos personales al interesado

Las preguntas de Reglamento general de protección de datos (RGPD) que citan este artículo, resueltas y con su cita literal.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el RGPD, si el responsable todavía no ha comunicado al interesado una violación de la seguridad de sus datos, ¿qué puede hacer la autoridad de control?

  • Exigirle que la comunique, si estima probable un alto riesgo
  • Comunicarla ella misma a los interesados, a costa del responsable
  • Nada: decidir si se comunica le corresponde solo al responsable
  • Publicarla en su sede electrónica en lugar del responsable

El art. 34.4 deja la última palabra a la autoridad de control: una vez considerada la probabilidad de que la violación entrañe un alto riesgo, puede exigir al responsable que la comunique o decidir que se da alguna de las condiciones que le dispensan de hacerlo. Por eso la decisión no es solo del responsable. Lo que el reglamento no prevé es que la autoridad comunique o publique la violación en su lugar: el deber de informar sigue siendo del responsable.

la autoridad de control, una vez considerada la probabilidad de que tal violación entrañe un alto riesgo, podrá exigirle que lo haga o podrá decidir que se cumple alguna de las condiciones mencionadas en el apartado 3
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Una violación de la seguridad de alto riesgo afecta a cientos de miles de personas, y avisar a cada una le supondría al responsable un esfuerzo desproporcionado. Según el RGPD, ¿qué tiene que hacer?

  • Nada más: el esfuerzo desproporcionado le dispensa de comunicarla
  • Pedir a la autoridad de control que avise ella a los interesados
  • Avisar solo a los interesados cuyos datos de contacto conserve
  • Optar por una comunicación pública u otra medida igual de efectiva

El esfuerzo desproporcionado libra al responsable de comunicar la violación a cada interesado, pero no de informar: el art. 34.3.c) le obliga a optar en su lugar por una comunicación pública o una medida semejante que informe a los interesados de manera igualmente efectiva. Por eso es falsa la opción de no hacer nada más. Avisar solo a una parte deja sin informar al resto, y el aviso no se traslada a la autoridad de control.

suponga un esfuerzo desproporcionado. En este caso, se optará en su lugar por una comunicación pública o una medida semejante por la que se informe de manera igualmente efectiva a los interesados.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril