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Artículo 43 del RGPD: organismo de certificación

Las preguntas de Reglamento general de protección de datos (RGPD) que citan este artículo, resueltas y con su cita literal.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el RGPD, ¿por cuánto tiempo como máximo se expide la acreditación de un organismo de certificación?

  • Por tres años, renovable si el organismo sigue cumpliendo los requisitos
  • Por cinco años, renovable si el organismo sigue cumpliendo los requisitos
  • Por dos años, renovable si el organismo sigue cumpliendo los requisitos
  • Por diez años, renovable si el organismo sigue cumpliendo los requisitos

La acreditación de un organismo de certificación dura como máximo cinco años y puede renovarse en las mismas condiciones si el organismo sigue cumpliendo los requisitos; si deja de cumplirlos, se le revoca. Las demás cifras no son las que el Reglamento fija para la acreditación.

La acreditación se expedirá por un período máximo de cinco años y podrá ser renovada en las mismas condiciones, siempre y cuando el organismo de certificación cumpla los requisitos establecidos en el presente artículo.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril