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Artículo 49 del RGPD: excepciones para situaciones específicas

Las preguntas de Reglamento general de protección de datos (RGPD) que citan este artículo, resueltas y con su cita literal.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el RGPD, cuando una transferencia a un tercer país no cabe en ninguna otra vía y se apoya en los intereses legítimos imperiosos del responsable, ¿qué rasgos tiene que reunir?

  • Ser autorizada antes por la autoridad de control competente
  • Afectar solo a datos que no sean de categorías especiales
  • No ser repetitiva y afectar a un número limitado de interesados
  • Contar con el consentimiento explícito de los interesados

Es la última salida del capítulo y por eso es estrecha: la transferencia no puede ser repetitiva, afecta solo a un número limitado de interesados y tiene que ser necesaria para intereses imperiosos del responsable sobre los que no prevalezcan los derechos del interesado. El Reglamento no la somete a autorización previa, no la limita por categorías de datos y no pide consentimiento: si lo hubiera, la transferencia se apoyaría en la excepción del consentimiento y no en esta.

solo se podrá llevar a cabo si no es repetitiva, afecta solo a un número limitado de interesados, es necesaria a los fines de intereses legítimos imperiosos perseguidos por el responsable del tratamiento
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, cuando una transferencia a un tercer país sin decisión de adecuación ni garantías adecuadas se hace desde un registro público abierto a la consulta, ¿qué límite tiene?

  • Solo cabe con el consentimiento de las personas inscritas
  • Solo puede pedirla una autoridad pública del tercer país
  • No puede abarcar todos los datos ni categorías enteras
  • Exige que el tercer país lleve un registro equivalente

Que el registro esté abierto al público no permite volcarlo fuera de la Unión: la transferencia no abarca la totalidad de los datos ni categorías enteras de datos del registro. Y si el registro solo se consulta acreditando un interés legítimo, la transferencia se hace a solicitud de quien tenga ese interés o cuando sea el destinatario, no de una autoridad del tercer país. El Reglamento no pide el consentimiento de los inscritos ni un registro equivalente en el destino.

no abarcará la totalidad de los datos personales ni categorías enteras de datos personales contenidos en el registro
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, cuando una transferencia a un tercer país sin decisión de adecuación ni garantías adecuadas se basa en el consentimiento explícito del interesado, ¿qué más se exige a ese consentimiento?

  • Que se preste por escrito y con la firma del interesado
  • Que se dé después de informarle de los posibles riesgos
  • Que se renueve cada año mientras dure la transferencia
  • Que se recabe a través del delegado de protección de datos

Además de explícito, el consentimiento tiene que darse después de que el interesado sepa los posibles riesgos que corre por faltar una decisión de adecuación y unas garantías adecuadas: consiente sabiendo que sus datos salen sin la protección de las otras vías. El Reglamento no exige la forma escrita con firma, ni que se renueve cada año, ni que lo recabe el delegado.

el interesado haya dado explícitamente su consentimiento a la transferencia propuesta, tras haber sido informado de los posibles riesgos para él de dichas transferencias debido a la ausencia de una decisión de adecuación y de garantías adecuadas
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril