Según el RGPD, ¿a quién se transmite el informe anual de actividades de una autoridad de control?
- Al Parlamento nacional, al Gobierno y a quien designe el Derecho nacional
- Al Comité Europeo de Protección de Datos, que es quien debe aprobarlo
- A la Comisión Europea, que lo evalúa antes de que pueda hacerse público
- Solo al Parlamento nacional, que es el órgano ante el que responde la autoridad
Se transmite a las instituciones nacionales —el Parlamento, el Gobierno y las autoridades que fije el Derecho interno— y se pone a disposición del público, de la Comisión y del Comité. Ni la Comisión ni el Comité lo aprueban o lo evalúan: lo tienen a su disposición, como el público. Y no va solo al Parlamento.
Los informes se transmitirán al Parlamento nacional, al Gobierno y a las demás autoridades designadas en virtud del Derecho de los Estados miembros. Se pondrán a disposición del público, de la Comisión y del Comité.