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Artículo 59 del RGPD: informe de actividad

Las preguntas de Reglamento general de protección de datos (RGPD) que citan este artículo, resueltas y con su cita literal.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el RGPD, ¿a quién se transmite el informe anual de actividades de una autoridad de control?

  • Al Parlamento nacional, al Gobierno y a quien designe el Derecho nacional
  • Al Comité Europeo de Protección de Datos, que es quien debe aprobarlo
  • A la Comisión Europea, que lo evalúa antes de que pueda hacerse público
  • Solo al Parlamento nacional, que es el órgano ante el que responde la autoridad

Se transmite a las instituciones nacionales —el Parlamento, el Gobierno y las autoridades que fije el Derecho interno— y se pone a disposición del público, de la Comisión y del Comité. Ni la Comisión ni el Comité lo aprueban o lo evalúan: lo tienen a su disposición, como el público. Y no va solo al Parlamento.

Los informes se transmitirán al Parlamento nacional, al Gobierno y a las demás autoridades designadas en virtud del Derecho de los Estados miembros. Se pondrán a disposición del público, de la Comisión y del Comité.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril