Según el RGPD, ¿a qué tratamiento no se aplica la condición de licitud basada en los intereses legítimos perseguidos por el responsable o por un tercero?
- Al que realizan las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones
- Al que afecta a los datos personales de un niño, cualquiera que sea su edad
- Al que lleva a cabo un encargado por cuenta del responsable
- Al que se realiza con fines de mercadotecnia directa dirigida a clientes
El párrafo segundo del artículo 6.1 excluye expresamente la letra f) para las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones: su tratamiento tiene que apoyarse en otra base, como la misión de interés público o el ejercicio de poderes públicos. Los datos de un niño no excluyen el interés legítimo: son un elemento que pesa en la ponderación («en particular cuando el interesado sea un niño»), no una prohibición.
Lo dispuesto en la letra f) del párrafo primero no será de aplicación al tratamiento realizado por las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones.