Según el RGPD, una autoridad de control interesada considera urgente intervenir para proteger los derechos de los interesados y adopta medidas provisionales por el procedimiento de urgencia. ¿Dónde pueden producir efectos jurídicos esas medidas?
- En el territorio de todos los Estados miembros de la Unión
- En el territorio del Estado miembro de la propia autoridad
- En los Estados miembros de todas las autoridades interesadas
- En el Estado miembro de la autoridad de control principal
La urgencia permite a la autoridad interesada apartarse por un tiempo de la cooperación y de la coherencia, pero no salir de su competencia: sus medidas provisionales solo producen efectos en su propio territorio, con una validez fijada que no puede pasar de tres meses, y las comunica sin dilación a las demás autoridades interesadas, al Comité y a la Comisión. No alcanzan a toda la Unión ni a los Estados de las otras autoridades, tampoco al de la principal: si hacen falta medidas definitivas, se piden al Comité.
adoptar inmediatamente medidas provisionales destinadas a producir efectos jurídicos en su propio territorio