Según el RGPD, todo interesado puede presentar una reclamación ante una autoridad de control. ¿Qué Estados miembros nombra el Reglamento, en particular, para presentarla?
- En el del establecimiento principal del responsable o del encargado
- En el de su residencia habitual, su trabajo o la supuesta infracción
- En el de su nacionalidad, sea cual sea el lugar donde resida
- En el que le asigne el Comité Europeo de Protección de Datos
El Reglamento acerca la reclamación al interesado y nombra tres lugares: donde reside habitualmente, donde trabaja o donde se cometió la supuesta infracción. El «en particular» no cierra la puerta a otras autoridades, pero el establecimiento principal del responsable no es uno de los lugares que nombra: sirve para repartir la competencia entre autoridades. La nacionalidad no cuenta, y el Comité no asigna reclamaciones.
en particular en el Estado miembro en el que tenga su residencia habitual, lugar de trabajo o lugar de la supuesta infracción