Una empresa recibe de una autoridad de control una decisión jurídicamente vinculante que le concierne. Según el RGPD, ¿tiene derecho a la tutela judicial efectiva contra ella?
- No: ese derecho es de los interesados, y un interesado es siempre una persona física
- No: contra la autoridad de control solo cabe recurrir ante el Comité Europeo de Protección de Datos
- Sí: lo tiene toda persona física o jurídica frente a una decisión vinculante que le concierna
- Sí, pero solo si la decisión le impone una multa administrativa y no otra medida
La tutela frente a la autoridad de control no es solo del interesado: la tiene toda persona física o jurídica a la que concierna una decisión jurídicamente vinculante, así que también el responsable o el encargado al que se dirige. No se limita a las multas, y el Comité no es una instancia de recurso frente a las autoridades nacionales: las acciones van a los tribunales.
toda persona física o jurídica tendrá derecho a la tutela judicial efectiva contra una decisión jurídicamente vinculante de una autoridad de control que le concierna