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Artículo 78 del RGPD: derecho a la tutela judicial efectiva contra una autoridad de control

Las preguntas de Reglamento general de protección de datos (RGPD) que citan este artículo, resueltas y con su cita literal.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Una empresa recibe de una autoridad de control una decisión jurídicamente vinculante que le concierne. Según el RGPD, ¿tiene derecho a la tutela judicial efectiva contra ella?

  • No: ese derecho es de los interesados, y un interesado es siempre una persona física
  • No: contra la autoridad de control solo cabe recurrir ante el Comité Europeo de Protección de Datos
  • Sí: lo tiene toda persona física o jurídica frente a una decisión vinculante que le concierna
  • Sí, pero solo si la decisión le impone una multa administrativa y no otra medida

La tutela frente a la autoridad de control no es solo del interesado: la tiene toda persona física o jurídica a la que concierna una decisión jurídicamente vinculante, así que también el responsable o el encargado al que se dirige. No se limita a las multas, y el Comité no es una instancia de recurso frente a las autoridades nacionales: las acciones van a los tribunales.

toda persona física o jurídica tendrá derecho a la tutela judicial efectiva contra una decisión jurídicamente vinculante de una autoridad de control que le concierna
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, el interesado tiene derecho a la tutela judicial frente a la autoridad de control competente si esta no le informa sobre el curso o el resultado de su reclamación. ¿En qué plazo debe informarle para evitarlo?

  • En el plazo de tres meses
  • En el plazo de un mes
  • En el plazo de seis meses
  • En el plazo de dos meses

Si la autoridad competente no informa al interesado en tres meses sobre el curso o el resultado de su reclamación, este puede acudir a los tribunales contra ella, y también puede hacerlo si la autoridad no da curso a la reclamación. El plazo no es para resolver: basta con informar de cómo va la reclamación, y es el silencio durante esos tres meses lo que abre la vía judicial.

no informe al interesado en el plazo de tres meses sobre el curso o el resultado de la reclamación presentada
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, ¿ante qué tribunales deben ejercitarse las acciones contra una autoridad de control?

  • Ante los del Estado miembro de la residencia habitual del interesado
  • Ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en única instancia
  • Ante los del Estado miembro en que esté establecida la autoridad
  • Ante los del Estado miembro del establecimiento principal del responsable

Una autoridad de control solo responde ante los tribunales de su propio Estado, el de su establecimiento: un tribunal de otro país no revisa las decisiones de una autoridad que no es la suya. Ni la residencia del interesado ni el establecimiento del responsable cambian ese fuero, y el Tribunal de Justicia no conoce en primera instancia de estas acciones.

Las acciones contra una autoridad de control deberán ejercitarse ante los tribunales del Estado miembro en que esté establecida la autoridad de control.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril