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Artículo 88 del RGPD: tratamiento en el ámbito laboral

Las preguntas de Reglamento general de protección de datos (RGPD) que citan este artículo, resueltas y con su cita literal.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el RGPD, ¿a través de qué instrumentos pueden los Estados miembros establecer normas más específicas sobre el tratamiento de los datos personales de los trabajadores en el ámbito laboral?

  • De disposiciones legislativas o de convenios colectivos
  • De actos delegados adoptados por la Comisión Europea
  • De las instrucciones internas que dicte cada empleador
  • De directrices adoptadas por el Comité Europeo de Protección de Datos

El art. 88.1 abre dos vías a los Estados miembros para concretar la protección de los trabajadores: la ley y el convenio colectivo, por igual. La Comisión solo adopta actos delegados donde el Reglamento se lo otorga (arts. 12.8 y 43.8, según el art. 92), y el ámbito laboral no es uno de esos casos. Las instrucciones internas de un empleador no son una norma del Estado, y el Comité emite directrices sobre la aplicación del Reglamento, pero ninguna de las dos es la vía que este artículo da a los Estados para fijar normas laborales más específicas.

Los Estados miembros podrán, a través de disposiciones legislativas o de convenios colectivos, establecer normas más específicas para garantizar la protección de los derechos y libertades en relación con el tratamiento de datos personales de los trabajadores en el ámbito laboral
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril