Según la Ley 47/2003, ¿cuál de estas entidades tiene auditadas sus cuentas anuales por la Intervención General aunque no la incluya el plan anual de auditorías?
- Una sociedad mercantil estatal sin obligación de auditarse
- Una sociedad mercantil estatal sujeta a auditoría por la ley mercantil
- Una fundación estatal pequeña, sin activo ni ingresos relevantes
- Una agencia estatal adscrita a un ministerio
El artículo 168.a) obliga a la Intervención General a auditar cada año las cuentas anuales de los organismos autónomos, las agencias estatales, las entidades públicas empresariales, las autoridades administrativas independientes y las demás entidades que enumera. Las sociedades mercantiles estatales no obligadas a auditarse solo se auditan si las incluye el plan anual de auditorías, y las que sí lo están por la legislación mercantil pasan por la auditoría privada que esta les impone. Las fundaciones estatales que no alcanzan el tamaño que fija la ley también dependen del plan.
La Intervención General de la Administración del Estado realizará anualmente la auditoría de las cuentas anuales de: a) Los organismos autónomos, las agencias estatales, las entidades públicas empresariales, las autoridades administrativas independientes