Según la Orden PRE/1576/2002, ¿en cuál de estos procedimientos se expiden las propuestas de pago a favor de cajas pagadoras, habilitaciones o pagadurías?
- El pago de las prestaciones de clases pasivas del Estado
- El pago de las subvenciones concedidas en concurrencia competitiva
- El pago de las certificaciones de los contratos de obras
- La devolución de los ingresos presupuestarios indebidos
El apartado séptimo.2 enumera los procedimientos en que la propuesta se expide a favor de cajas pagadoras, habilitaciones y pagadurías: el pago de las retribuciones del personal de la Administración General del Estado, el de las prestaciones de clases pasivas, los anticipos de caja fija, los pagos a justificar y los demás que autorice expresamente el órgano del Tesoro. La subvención es la opción que tienta, porque la Ley 47/2003 también admite órdenes de pago a favor de entidades colaboradoras, pero la orden no la pone en esta lista; tampoco nombra las certificaciones de obra ni las devoluciones de ingresos, que solo irían por esta vía si el órgano del Tesoro lo autorizara.
las propuestas de pago se expedirán a favor de las Cajas pagadoras, Habilitaciones, Pagadurías y otros agentes mediadores en el pago, en los supuestos que a continuación se indican: a) En el procedimiento para el pago de las retribuciones de personal al servicio de la Administración General del Estado. b) En el procedimiento para el pago de las prestaciones de clases pasivas del Estado.