Según el art. 74.1 de la LGSS, ¿cuál de estas funciones tiene a su cargo la Tesorería General de la Seguridad Social?
- El pago de las obligaciones del sistema
- El reconocimiento de las prestaciones económicas
- La inspección del cumplimiento de la normativa
- La calificación de la incapacidad permanente
El art. 74.1 pone a cargo de la Tesorería General la custodia de los fondos, valores y créditos, las atenciones generales y los servicios de recaudación de derechos y de pago de las obligaciones del sistema. Paga, pero no reconoce: el derecho a una prestación lo declara la entidad gestora que la tiene atribuida, y la calificación de la incapacidad permanente tampoco está entre sus funciones. La inspección no la hace la Tesorería.
Tendrá a su cargo la custodia de los fondos, valores y créditos y las atenciones generales y de los servicios de recaudación de derechos y pagos de las obligaciones del sistema de la Seguridad Social.