En el procedimiento sancionador de la Administración General del Estado, ¿a qué órgano corresponde la instrucción, según el art. 105 del texto refundido?
- Al órgano con rango de Dirección General competente en materia de discapacidad
- Al órgano con rango de Subdirección General de políticas de discapacidad
- A la Secretaría de Estado competente en materia de discapacidad
- Al órgano de la comunidad autónoma donde se cometió la infracción
El art. 105 reparte el procedimiento por escalones: lo inicia el órgano con rango de Dirección General competente en discapacidad; lo instruye el órgano con rango de Subdirección General al que corresponde el impulso de las políticas sectoriales sobre discapacidad, que eleva la propuesta de resolución; y la sanción la impone el órgano que toque según la gravedad. La Secretaría de Estado no instruye, y una comunidad autónoma no instruye un procedimiento de competencia estatal.
corresponde al órgano directivo con rango de Subdirección General a que correspondan las funciones de impulso de políticas sectoriales sobre discapacidad, que elevará propuesta de resolución al órgano competente para imponer la sanción