Según la Ley 47/2003, ¿qué circunstancia nombra expresamente para efectuar las asignaciones presupuestarias a los centros gestores de gasto?
- El número de efectivos de personal que tenga cada centro
- El crédito inicial que tuvo el centro en el ejercicio anterior
- El cumplimiento de sus objetivos en ejercicios anteriores
- La población a la que presta servicio cada uno de los centros
El artículo 31.2 manda tener en cuenta, entre otras circunstancias, el nivel de cumplimiento de los objetivos en ejercicios anteriores: es la presupuestación por objetivos, que premia o corrige según lo conseguido. La ley deja abierta la lista, pero no nombra ni la plantilla, ni el crédito del año anterior, ni la población atendida. El crédito anterior es la opción que tienta, porque es como se presupuesta por inercia, y es justo lo que esta regla quiere evitar.
Las asignaciones presupuestarias a los centros gestores de gasto se efectuarán tomando en cuenta, entre otras circunstancias, el nivel de cumplimiento de los objetivos en ejercicios anteriores.