Según el art. 13.1 de la Ley 7/1985, ¿puede la alteración de términos municipales modificar los límites provinciales?
- No, salvo que lo acuerden las dos diputaciones afectadas
- No: no puede suponer en ningún caso su modificación
- Sí, si lo autoriza el Gobierno de la Nación
- Sí, si lo acuerdan las comunidades autónomas afectadas
La regla no tiene salvedad: alterar términos municipales no puede suponer «en ningún caso» mover los límites de una provincia, y por eso cada municipio sigue perteneciendo a una sola. Ni el acuerdo de las diputaciones o de las comunidades ni una autorización del Gobierno abren esa puerta.
sin que la alteración de términos municipales pueda suponer, en ningún caso, modificación de los límites provinciales