En el ámbito estatal, ¿cómo se crea una sede electrónica asociada a la sede del Punto de Acceso General electrónico de la Administración General del Estado?
- Por real decreto del Consejo de Ministros, con informe previo favorable
- Por orden del titular del Departamento, con informe previo favorable
- Por orden del titular del Departamento, con comunicación posterior
- Por real decreto del Consejo de Ministros, con comunicación posterior
Son dos piezas: el instrumento es una orden de la persona titular del Departamento competente (o una resolución del presidente o director, si la sede es de un organismo), y antes hace falta un informe previo favorable. No basta con comunicar la creación después, y no la acuerda el Consejo de Ministros.
se hará mediante orden de la persona titular del Departamento competente o por resolución de la persona titular de la Presidencia o de la Dirección del organismo o entidad de derecho público competente, con el informe previo favorable