Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿cuánto dura la excedencia voluntaria incentivada y qué le impide al funcionario mientras está en ella?
- Tres años; ocupar cualquier puesto en el sector público
- Cinco años; ocupar cualquier puesto en el sector público
- Tres años; ocupar puestos de funcionario, no los laborales
- Cinco años; ocupar puestos de funcionario, no los laborales
El artículo 18.4 le da una duración de cinco años y le impide desempeñar puestos de trabajo en el sector público con cualquier tipo de relación, funcionarial o contractual, laboral o administrativa: un contrato laboral en un organismo público también le está vedado. Los tres años son los de la excedencia para el cuidado de hijos (artículo 89.4 del Estatuto Básico), no los de esta.
La excedencia voluntaria incentivada tendrá una duración de cinco años e impedirá desempeñar puestos de trabajo en el sector público, bajo ningún tipo de relación funcionarial o contractual, sea ésta de naturaleza laboral o administrativa.