Nemoteca
Bloque

El servicio activo y los servicios especiales

21 preguntas · en 2 colecciones

Los capítulos I a III del Real Decreto 365/1995 (artículos 1 a 9): a quién se aplica el Reglamento de Situaciones Administrativas, cuándo se está en servicio activo, y los servicios especiales —cuándo se declaran, el cargo de carácter político, la reserva del puesto, sus efectos y el reingreso al servicio activo—.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 21 preguntas que contiene en total.

Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿qué exige la autorización para realizar una misión internacional que lleve a la situación de servicios especiales?

  • Que el funcionario acredite dos años de servicio activo
  • Que el organismo o la entidad de destino retribuya la misión
  • Que conste el interés de la Administración en la misión
  • Que la solicite el organismo internacional por vía diplomática

El artículo 6.2 condiciona la autorización a que conste el interés de la Administración, conforme a los criterios que fije el departamento competente en asuntos exteriores. No pide años de servicio, ni que la misión la pague el destino, ni una petición por vía diplomática. Tienta la petición del organismo, que es como suele empezar una misión, pero lo que el reglamento exige es que a la Administración le interese.

la autorización para realizar la misión de carácter internacional requerirá que conste el interés de la Administración
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo

Según el artículo 2 del Reglamento de situaciones administrativas, ¿cuál de estas es una de las situaciones en que pueden hallarse los funcionarios de la Administración del Estado?

  • Excedencia voluntaria por reasignación
  • Excedencia voluntaria incentivada
  • Excedencia voluntaria por estudios
  • Excedencia voluntaria por movilidad

La excedencia voluntaria incentivada es una de las once situaciones del artículo 2, y una de las que el reglamento tiene además de las cinco del artículo 85.1 del Estatuto Básico del Empleado Público, cuyo artículo 85.2.a) permite regular otras por razones organizativas o para incentivar la cesación en el servicio activo. La «por reasignación» tienta porque la reasignación de efectivos es una figura real de este mismo sistema, pero no da nombre a ninguna excedencia; por estudios o por movilidad no hay ninguna.

j) Excedencia voluntaria incentivada.
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo

Un funcionario es autorizado a realizar una misión en un organismo internacional. Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿qué duración tiene que tener para que se le declare en servicios especiales?

  • Un período determinado superior a tres meses
  • Un período determinado superior a seis meses
  • Un período determinado superior a nueve meses
  • Un período determinado superior a un año

El artículo 4.a) exige una misión por período determinado superior a seis meses en organismos internacionales, gobiernos o entidades públicas extranjeras o programas de cooperación internacional. Las misiones más cortas no cambian la situación: el RD 364/1995 las encauza como comisión de servicios (artículo 65). El año tienta porque es la duración de otras figuras de estos reglamentos, pero el umbral de esta es más bajo.

a) Cuando sean autorizados para realizar una misión por período determinado superior a seis meses en Organismos internacionales, Gobiernos o Entidades públicas extranjeras o en programas de cooperación internacional.
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo

Un funcionario con derecho a reserva de puesto pide en plazo el reingreso al servicio activo tras haber estado en servicios especiales. Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿desde cuándo tiene efectos económicos y administrativos el reingreso?

  • Desde la fecha en que presenta su solicitud de reingreso
  • Desde la fecha en que toma posesión del puesto
  • Desde la fecha de la resolución que lo concede
  • Desde el día en que cesó en el cargo que desempeñaba

El artículo 9.1 da al reingreso efectos económicos y administrativos desde la fecha de la solicitud cuando existe derecho a reserva de puesto: el funcionario no espera a la resolución ni a la toma de posesión. Tienta la toma de posesión, que es cuando empiezan los efectos de un destino nuevo, pero aquí el derecho a la reserva adelanta los efectos a la solicitud. Tampoco se retrotraen al cese en el cargo.

El reingreso tendrá efectos económicos y administrativos desde la fecha de solicitud del mismo cuando exista derecho a la reserva de puesto.
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo

Un funcionario accede a la condición de miembro de la asamblea legislativa de su comunidad autónoma, y por esa función percibe retribuciones periódicas. Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿en qué situación queda?

  • En servicio activo o en servicios especiales, a su elección
  • En servicio activo, con dispensa de asistencia a su puesto
  • En excedencia voluntaria por servicios en el sector público
  • En servicios especiales, por las retribuciones que percibe

El primer párrafo del artículo 4.g) lleva a servicios especiales al miembro de una asamblea legislativa autonómica que percibe retribuciones periódicas por esa función. La opción entre servicio activo y servicios especiales es la tentadora, pero el reglamento solo la da a quien no percibe esas retribuciones. Un escaño no es un empleo en el sector público que lleve a la excedencia, y no hay dispensa que le mantenga en activo. El Estatuto Básico dice lo mismo para este supuesto (art. 87.1.e).

g) Cuando accedan a la condición de miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, si perciben retribuciones periódicas por el desempeño de la función.
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo

Una funcionaria de la Administración del Estado pasa a prestar servicios en las Cortes Generales, conforme al Estatuto de su Personal, y no le corresponde quedar en otra situación. Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿en cuál se halla?

  • En la situación de excedencia voluntaria
  • En la situación de servicio activo
  • A su elección, activo o especiales
  • En la situación de servicios especiales

El artículo 3.e) la mantiene en servicio activo cuando presta servicios en las Cortes Generales conforme al Estatuto de su Personal y no le corresponde otra situación. Tienta servicios especiales porque es la situación de quien accede a Diputado o Senador (artículo 4.f), pero una cosa es ser parlamentario y otra trabajar para las Cámaras. Tampoco pasa a una excedencia, porque sigue sirviendo como funcionaria; y la opción entre servicio activo y servicios especiales solo existe en los supuestos en que el reglamento la prevé, que no es este.

e) Cuando presten servicios en las Cortes Generales, de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto del Personal de las mismas o en el Tribunal de Cuentas, y no les corresponda quedar en otra situación.
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo

Un funcionario en servicios especiales no puede cobrar sus trienios, por causa legal, con cargo a los presupuestos del cargo que desempeña. Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿quién se los abona?

  • El órgano o la entidad en que desempeña el puesto o cargo efectivo
  • El departamento en el que desempeñaba su último puesto en servicio activo
  • El departamento al que está adscrito el cuerpo o escala al que pertenece
  • Ninguno, porque no los percibe mientras siga en servicios especiales

Si por causa legal los trienios no pueden pagarse con cargo a los presupuestos del cargo, el artículo 8.1 encarga su pago al departamento en el que el funcionario desempeñaba su último puesto en servicio activo, que en ese caso abona también la cuota de la Seguridad Social. Tienta el departamento del cuerpo o escala, pero el reglamento mira al último destino en activo, no a la adscripción del cuerpo. Y no pierde los trienios: el artículo existe precisamente para decir quién se los paga.

deberán ser retribuidos en tal concepto por el Departamento en el que desempeñaban su último puesto de trabajo en situación de servicio activo
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo

Un funcionario cesa en el cargo político por el que había sido declarado en servicios especiales y no solicita el reingreso al servicio activo en el plazo establecido. Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿qué ocurre?

  • Se le declara en excedencia forzosa, con efectos desde el día en que cesó en el cargo
  • Se le declara en excedencia por interés particular, con efectos desde el día en que cesó en el cargo
  • Se le declara en excedencia por interés particular, con efectos desde que venció el plazo
  • Se le declara en excedencia forzosa, con efectos desde el día en que venció el plazo

El artículo 9.1 declara en excedencia voluntaria por interés particular a quien no pide el reingreso en plazo, y con efectos desde el día en que perdió la condición que le llevó a servicios especiales, no desde que vence el plazo: la nueva situación enlaza sin hueco con la anterior. La excedencia forzosa tienta, pero es la de quien no puede reingresar por causas que no dependen de él; aquí es el funcionario quien no lo pide.

declarándoseles, de no hacerlo en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, con efectos desde el día en que perdieron aquella condición
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo

Una funcionaria deja de ser miembro del órgano de gobierno de su comunidad autónoma, cargo por el que estaba en servicios especiales. Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿en qué plazo debe solicitar el reingreso al servicio activo?

  • En el plazo de quince días
  • En el plazo de dos meses
  • En el plazo de seis meses
  • En el plazo de un mes

El artículo 9.1 da un mes para solicitar el reingreso al servicio activo a quien pierde la condición por la que fue declarado en servicios especiales, y ese mes corre desde que la pierde. Los seis meses tientan porque son una cifra que este reglamento usa en otros supuestos, pero no la del reingreso; los quince días y los dos meses tampoco salen de este artículo.

deberán solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo de un mes
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo

Se suprime el puesto de un funcionario y está en la segunda fase de la reasignación de efectivos, en la que se le puede reasignar a otro ministerio. Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿en qué situación se halla?

  • En expectativa de destino
  • En excedencia forzosa
  • En servicio activo
  • En servicios especiales

El artículo 3.j) mantiene en servicio activo a quien está en las dos primeras fases de la reasignación de efectivos, y la segunda es una de ellas, aunque el puesto se busque en otro ministerio. La expectativa de destino tienta porque es una situación ligada a la reasignación, pero el reglamento no la da a quien está en estas fases. Ni la excedencia forzosa ni los servicios especiales son la situación de quien está siendo reasignado.

j) Cuando se encuentren en las dos primeras fases de reasignación de efectivos.
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo