Un funcionario pertenece a dos Cuerpos de la Administración del Estado y es sancionado con suspensión firme de funciones por hechos cometidos en el puesto de uno de ellos. Según el Reglamento de situaciones administrativas, ¿qué pasa en el otro Cuerpo?
- Pasa a la misma situación, que alcanza a todos sus Cuerpos o Escalas
- Sigue en la que tenía, porque la medida afecta al Cuerpo del puesto
- Pasa a excedencia forzosa en él mientras dure la medida en el primero
- Queda en la que acuerde el departamento al que está adscrito ese Cuerpo
El artículo 20.2 hace pasar al funcionario declarado en suspensión firme a esa misma situación en todos los Cuerpos o Escalas del ámbito del reglamento a los que pertenezca: la medida no se queda en el Cuerpo del puesto donde ocurrieron los hechos. Tienta el departamento de adscripción del otro Cuerpo porque el artículo lo nombra, pero solo como destinatario: el órgano que declara la suspensión se la pone en su conocimiento, y no le deja escoger la situación. Estar suspendido en otro Cuerpo tampoco es causa de excedencia forzosa.
El funcionario declarado en suspensión firme de funciones deberá pasar a dicha situación en todos los Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de este Reglamento a los que pertenezca