Una aspirante es nombrada funcionaria de carrera de un cuerpo de la Administración del Estado, y su destino la obliga a cambiar de localidad de residencia. Según el Real Decreto-ley 6/2023, ¿de qué plazo dispone para tomar posesión, y desde cuándo se cuenta?
- Un plazo de quince días naturales, desde la publicación del nombramiento
- Un plazo de un mes, desde la notificación del nombramiento
- Un plazo de quince días naturales, desde la notificación del nombramiento
- Un plazo de un mes, desde la publicación del nombramiento
El art. 114.12 da al nuevo funcionario de carrera quince días naturales desde la publicación del nombramiento, y un mes cuando supone cambio de localidad de residencia, como aquí. Los dos plazos se cuentan desde la publicación, no desde la notificación. No hay que confundirlo con la toma de posesión de un puesto obtenido por concurso, que el Reglamento General de Ingreso regula aparte con sus propios plazos.
En todo caso, la toma de posesión para el personal funcionario de carrera se deberá efectuar dentro del plazo de quince días naturales a partir de la publicación del nombramiento, que será de un mes cuando suponga cambio de localidad de residencia.