Según el RGPD, ¿a quién no se considera destinatario aunque reciba datos personales?
- Al encargado al que el responsable comunica los datos
- A quien recibe los datos sin tener la condición de tercero
- A la autoridad pública que los recibe en una investigación concreta
- A la empresa que recibe los datos personales de otra empresa
Destinatario es aquel a quien se comunican datos personales, se trate o no de un tercero; por eso lo es también quien no es tercero, como un encargado, y lo es la empresa que recibe datos de otra. La única salvedad de la definición son las autoridades públicas que reciben datos en el marco de una investigación concreta conforme al Derecho de la Unión o de los Estados miembros.
No obstante, no se considerarán destinatarios las autoridades públicas que puedan recibir datos personales en el marco de una investigación concreta