Según el texto refundido, ¿a qué deben responder las calificaciones y valoraciones de los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad?
- A los baremos propios que apruebe cada comunidad autónoma
- A criterios técnicos unificados, basados en la evidencia disponible
- Al criterio clínico del profesional que examina a la persona
- A las preferencias que declare la persona interesada
El art. 12.4 exige que respondan a criterios técnicos unificados, basados en la evidencia disponible: la misma vara para todos, no un baremo propio de cada comunidad ni el criterio de cada profesional. La autonomía de la persona se respeta en la orientación para la habilitación y la rehabilitación, pero no fija su calificación.
Las calificaciones y valoraciones de los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad responderán a criterios técnicos unificados, basados en la evidencia disponible