Según el artículo 2 ter.2 de la Ley Orgánica 4/2000, al favorecer la incorporación de los inmigrantes al sistema educativo, ¿qué deben garantizar en todo caso las Administraciones Públicas?
- La gratuidad de los estudios universitarios
- La homologación de sus títulos de origen
- La escolarización en la edad obligatoria
- Una plaza en el centro educativo que elijan
El artículo 2 ter.2 pide a las Administraciones medidas específicas para favorecer la incorporación de los inmigrantes al sistema educativo, «garantizando en todo caso la escolarización en la edad obligatoria», junto al aprendizaje de las lenguas oficiales y el acceso al empleo como factores esenciales de integración. El artículo no garantiza estudios universitarios gratuitos, la homologación de títulos ni la elección de centro.
desarrollarán medidas específicas para favorecer la incorporación al sistema educativo, garantizando en todo caso la escolarización en la edad obligatoria