Según el Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), ¿dónde y cómo se destruyen las armas depositadas o decomisadas que han de destruirse?
- En los bancos oficiales de pruebas, que expiden un certificado de destrucción
- En las Comandancias de la Guardia Civil, levantando acta de las armas destruidas
- En los locales del Ministerio de Defensa, levantando acta de las armas destruidas
- En la Intervención Central de Armas y Explosivos, con un certificado de destrucción
El artículo 170.2 lleva la destrucción a las Comandancias de la Guardia Civil y exige levantar un acta con las armas destruidas y, en su caso, su marca, su calibre y su número, de la que se envía copia al Registro Nacional de Armas. No es un banco de pruebas ni un servicio central quien destruye: el 170.2 lo lleva a las Comandancias, y el acta deja rastro en el Registro Nacional de Armas.
La destrucción se efectuará en las Comandancias de la Guardia Civil, levantándose acta en la que consten las armas destruidas, con expresión, en su caso, de marca, calibre y número.